Buenos Aires — El Banco Central de Argentina volvió a elevar el requerimiento de encajes (efectivo mínimo) que aplica para los bancos argentinos. Lo hizo a dos días de una licitación de deuda en pesos que buscará renovar vencimientos en manos de inversores privados por unos ARS$7,7 billones.
Tal como hizo previo a la licitación de deuda fuera de cronograma del 18 de agosto, a la par de aumentar el requerimiento de encajes, la autoridad monetaria definió que esa suba podrá ser integrada con títulos públicos que se licitarán este miércoles.
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La medida —que apunta a asegurar que no sobren pesos para evitar un repunte inflacionario y una mayor escalada del dólar— llega por la noche de un lunes marcado por una fuerte suba del tipo de cambio oficial, en paralelo a un desplome en las valuaciones de los activos argentinos.
En la comunicación A8306 el BCRA dispuso una suba de 3,5 puntos porcentuales las tasas de encaje para todas las obligaciones en pesos (depósitos que hacen los clientes en los bancos). Esa suba puede ser cubierta con la compra de títulos públicos adquiridos en el mercado primario y con un plazo mínimo de 60 días.
Además, se dispuso una suba de dos puntos porcentuales la proporción de encaje exigida para depósitos a la vista en pesos (cuentas corrientes, cajas de ahorro). También pueden ser integrados con títulos públicos.
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La medidas del BCRA
- “Incrementar con vigencia a partir del 01/09/25 en 3,5 (tres coma cinco) puntos porcentuales las tasas de exigencia para todas las obligaciones en pesos sujetas a encaje fraccionario. Este porcentaje adicional se podrá integrar con los títulos públicos previstos en el punto 1.3.17. del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo que sean adquiridos en suscripción primaria a partir del día de la fecha y que tengan plazo al momento de suscripción no menor a 60 (sesenta) días".
- “Incrementar con vigencia a partir de la fecha en 2 (dos) puntos porcentuales la proporción de la exigencia aplicable a las obligaciones a la vista en pesos previstas en los puntos 1.3.1.1. (cuentas corrientes), 1.3.2.1. (caja de ahorros y otras cuentas a la vista) y 1.3.3.1. (saldos sin utilizar de adelantos en cuenta corriente formalizados) del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo que se puede integrar con los títulos públicos previstos en el punto 1.3.17. del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo que sean adquiridos en suscripción primaria a partir del día de la fecha y que tengan plazo al momento de suscripción no menor a 60 (sesenta) días".