Buenos Aires — La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dio lugar a un pedido del Estado argentino y concedió la suspensión administrativa temporal de la orden de cesión del 51% de las acciones de YPF. La decisión fue celebrada dentro del gobierno de Javier Milei, al considerar que representa un giro en la causa y una suspensión indeterminada de la determinación que días atrás había tomado la jueza Loretta Preska.
Según voceros de la Procuración del Tesoro, la medida implica la suspensión por tiempo indefinido —hasta que un tribunal, que deberá ser convocado, lo determine— de la resolución de Preska. El 30 de junio pasado, dicha resolución había dispuesto que el país entregara el 51 % de las acciones que controla en YPF a los beneficiarios del fallo por la expropiación de la petrolera en 2012.
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Desde la oficina que representa al Estado en causas judiciales y arbitrales agregaron que la decisión de la Corte de Apelaciones representa un giro en favor de la soberanía argentina, al tiempo que remarcaron que ya no corre el plazo de 72 horas del que aún disponía el país para hacer efectiva la entrega de su participación accionaria, por lo que no hay más riesgo de desacato.
El tribunal en cuestión estableció también que los apelados “deberán presentar su oposición a la moción antes del 17 de julio de 2025, y el apelante deberá presentar su respuesta antes del 22 de julio de 2025″.
Por ello, consultores privados relativizaron el impacto de la decisión conocida este martes.
“El fallo de la Corte de Apelaciones es administrativo”, dijo el director de Latam Adisors, Sebastián Maril. Fue pedido por Argentina “para tener tiempo de presentar escritos el 17/7 y el 22/7”, sumó.
De acuerdo al escrito de la Corte de Apelaciones, los ganadores del juicio no se opusieron a esta cautelar temporal. “El fallo que esperamos no saldrá hasta finales de la semana que viene”, cerró Maril.
¿Qué implica para Argentina?
La decisión de la Corte de Apelaciones no anula la orden de Loretta Preska, sino que la suspende temporalmente. Aun así, en diálogo con Bloomberg Línea, el exprocurador del Tesoro Bernardo Saravia Frías valoró positivamente la decisión al destacar que se trata de una buena noticia para el país.
Para Juan Carranza, analista senior de Aurora Macro Strategies, la decisión representa “un alivio procesal importante, aunque no definitivo”.
“El riesgo inmediato de desacato queda neutralizado, pero el proceso judicial sigue abierto: el plazo para presentar argumentos vence el 22 de julio y luego la misma Corte —que también revisa el fallo por US$16.100 millones— deberá pronunciarse sobre el fondo“, consideró.
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Y agregó que, más allá de esta suspensión, “el principal impacto hasta ahora ha sido reputacional”, debido a que “los tribunales estadounidenses no cuentan con mecanismos prácticos para forzar la entrega de acciones bajo jurisdicción extranjera, lo que ya limitaba significativamente el alcance legal de la ejecución”.
El abogado Sebastián Soler, ex subprocurador del Tesoro, consideró que “la Cámara hizo lo correcto al suspender preventivamente la orden de la jueza Preska".
“La decisión de Preska de ordenar que la Argentina entregue sus acciones de YPF, mientras la Cámara de Apelaciones de Nueva York todavía no ha resuelto la apelación contra la sentencia que condenó a nuestro país a pagar US$ 16.100 millones, fue prematura e irrazonable, y se aparta de las normas sobre inmunidad soberana que rigen en Estados Unidos", añadió el jurista en diálogo con Bloomberg Línea.
“Esto último ya lo expresó el propio gobierno de Estados Unidos en el escrito que su Departamento de Justicia presentó en la causa en noviembre del año pasado, apoyando la postura de la defensa argentina", recordó.
En su escrito, sumó Soler, “el Departamento de Justicia le dijo a Preska que una orden semejante infringiría las normas de inmunidad soberana de Estados Unidos, que no le permiten a sus jueces embargar y ordenar la venta de un bien de otro país si ese bien no está en los Estados Unidos, y también le advirtió que esa orden podría afectar la soberanía argentina en la medida que implicara ordenar que el Congreso argentino modifique una ley o que el Poder Ejecutivo la desobedezca”.
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¿Cómo sigue la causa YPF?
Según expresó Soler a través de un mensaje publicado en redes sociales, la extensión de la suspensión temporal dispuesta por la Cámara tiene dos posibilidades. Una sería que esa cámara acepte el "pedido de Argentina de prolongar la suspensión hasta que la misma Cámara resuelva la apelación argentina sobre la sentencia de fondo de Preska”.
Mientras que la otra opción que tiene la Cámara es “rechazar el pedido de Argentina de prolongar la suspensión y permitir que recobre vigencia la orden de Preska”. Esa decisión será a partir del 22 de julio, pero no tiene plazos.