Buenos Aires — El equipo de Javier Milei dio un nuevo paso en dirección a su objetivo de desregular la economía argentina, al enviar al Congreso el proyecto de Ley Hojarasca, mediante el cual pretende eliminar 75 leyes que, a entender de las autoridades, son obsoletas.
El texto es obra del actual ministro del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La cartera que conduce el exbanquero central fue creada con el objetivo de implementar reformas estructurales para modernizar el Estado, reducir la burocracia, simplificar los trámites, y promover la eficiencia en la administración pública.
El Gobierno asegura que esta ley “promueve la seguridad jurídica y remueve los obstáculos para el desarollo personal y conjunto del país” y que “parte del principio de que todo aquello que está permitido por la Constitución Nacional no necesita leyes específicas.
A partir de ello, se eliminan leyes que generaron “gastos innecesarios” para los contribuyentes, desde la óptica oficial, a través de la creación de organismos como “la Federación Argentina de Municipios”, entre otros.
El equipo de Sturzenegger asegura que para el texto en cuestión fue necesario repasar la normativa vigente en Argentina “desde 1864 hasta la fecha”.
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Las claves del proyecto de Ley Hojarasca
El Poder Ejecutivo mencionó las seis claves que se tomaron en consideración para derogar 75 leyes:
- Leyes que fueron sustituidas y englobadas por otras más completas y modernas. Así, por ejemplo, no tiene sentido una ley sobre vacunación propia de la viruela, cuando posteriormente se dictó una ley de vacunación.
- Leyes que fueron superadas por la tecnología, el avance del conocimiento, de la economía o el paso del tiempo. Una de ellas es la ley que autoriza las emisiones de televisión a color cuando hoy vemos imágenes de video en nuestras redes sociales. Otras resultan ridículas vistas desde hoy, cómo utilizar la microfilmación para guardar documentos gubernamentales.
- Leyes que limitan la libertad individual. Por ejemplo, la ley que autoriza al Estado a supervisar y prohibir reuniones en lugares privados resulta una aberración frente a la Constitución Nacional. Aún continúa vigente una ley sancionada en 1951, que impone penas para los argentinos que propicien sanciones políticas o económicas contra el Estado, cuya única finalidad fue perseguir opositores, incluidos quienes hayan denunciado violaciones a los derechos humanos en nuestro país ante organismos internacionales.
- Leyes cuya derogación implica avanzar con el programa de desburocratización, eliminando organismos y normas sobre regulatorias, alivianando el presupuesto público, sin perder la eficiencia. Entre ellas, la ley que obliga que cualquier producto que tenga un mapa en su etiqueta debe ser aprobado por el Instituto de Cartografía oficial.
- Leyes que ya no tienen razón de ser, porque los organismos o instituciones responsables dejaron de existir en los hechos, pero las leyes que los crearon siguen vigentes, como el Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas, Ediciones Culturales Argentinas y el plan de aprovechamiento energético de las mareas, entre otras.
- Leyes que crean organismos para integrantes del Sector Público, solventados con recursos del Estado nacional. Estos incluyen al Círculo de Legisladores y la Federación Argentina de Municipios. Se emancipa a estos entes con la eliminación del financiamiento por parte del Estado nacional, sin perjuicio de que sigan funcionando, con recursos propios.
Las 75 leyes que buscan derogar Milei y Sturzenegger
A través de la red social X, Sturzenegger argumentó los motivos para derogar estas 75 leyes:
- Ley N° 14.034 (1951). “Impone pena de prisión para los argentinos que defiendan, en ámbitos internacionales, los derechos humanos en el país (buscaba acallar las críticas).”
- Ley N° 18.312 (1969). “Por esta ley del gobierno de facto de Onganía el Estado intentaba limitar la libertad de expresión al controlar la disponibilidad de papel de diario.”
- Ley N° 19.787 (1972). “Esta ley de Lanusse obliga a la difusión de ciertos tipos de música que el Estado consideraba se debía escuchar, lo cual es un ataque directo a la libertad de expresión.”
- Ley N° 20.120 (1973). “También de Lanusse, obliga a los organizadores de reuniones públicas en lugares cerrados a dar previo aviso, y autoriza a la policía a ingresar a los mismos. Representa una violación flagrante de la libertad personal.”
- Ley N° 20.802 (1974). “Con la excusa de otorgar beneficios inexistentes esta ley posibilitaba a las fuerzas policiales detener para “averiguación de antecedentes” a quienes no hubieran tramitado un supuesto carné de mochilero, afectando la libertad de circulación”.
- Ley N° 20.959 (1975). “Otorga a senadores y diputados de la Nación libre circulación y libre estacionamiento. Hay pocos ejemplos de privilegio tan claros como el que deja en evidencia esta norma, inaceptable en una sociedad democrática”.
- Ley N° 20.983 (1975). “Los medios de difusión radial y televisiva quedaban obligados a destinar un mínimo de 60 minutos diarios a temas de interés turístico nacional. Esta norma no se aplica desde hace años”.
- Ley N° 22.875 (1983). “Dictada en las postrimerías del último gobierno de facto, permite al Estado exigir la relocalización de actividades productivas. Es una injerencia excesiva en el ejercicio de la propiedad privada por lo que se propone su derogación”.
- Ley N° 22.964 (1983). “Esta ley, sancionada durante el último régimen militar permite la internación forzosa de enfermos de lepra. Esta norma, de corte netamente medieval, no solo estigmatiza a quienes padecen una enfermedad, sino que viola en forma flagrante los derechos reconocidos por la Constitución Nacional”.
- Ley N° 94 (1864). ”Inhabilita por 10 años a la autoridad que haga azotar a una persona”.
- Ley N° 3.863 (1899). “Otorga a las compañías de seguro beneficios impositivos que hacían sentido en el siglo XIX. Actualmente carece de sustento normativo”.
- Ley N° 16.789 (1965). “El compre Nacional ya fue derogado por el DNU 70/23, por lo que esta ley ya está derogada de facto”.
- Ley N° 17.557 (1967). “Versa sobre la instalación de equipos de rayos X (en los 60 los niveles de seguridad de los equipos eran menores). Hoy la instalación de equipos médicos cuenta con procedimientos más modernos estipulados en la ley N° 26.906″.
- Ley N° 20.400 (1973). “Es un antecedente superado plenamente por la Ley de Trata 26.364, por lo cual en la actualidad no tiene aplicación”.
- Ley N° 20.843 (1974). “Instaura la (medieval) figura de “Padrinazgo Presidencial” que no tiene lugar en una democracia moderna”.
- Ley N° 21.778 (1977). “Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones para la explotación de hidrocarburos. Esta ley devino obsoleta por la transferencia de los recursos petroleros a las provincias”.
- Ley N° 22.109 (1979). “Esta norma sobre la vacunación de la viruela ha sido superada por la Ley N° 27.491 que establece el plan integral de vacunación y los mecanismos para lidiar con las enfermedades infectocontagiosas de manera integral”.
- Ley N° 23.678 (1989). “Determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras. Norma que dejó de aplicarse, ya que fue perfeccionada por legislación posterior”.
- Ley N° 24.675 (1996). “Refiere a la actuación de los Auxiliares de la Justicia ante la Justicia Nacional. Fue declarada inválida por la Corte Suprema mediante la Acordada N° 60/96″.
- Ley N° 448 (1870). “En el mundo de las energías renovables seguimos premiando a quien descubra una mina de carbón”.
- Ley N° 3.235 (1895). “Es una ley sobre adquisición de armamento completamente obsoleta”.
- Ley N° 16.879 (1965). “Concede una exención de impuestos en licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. No ha tenido uso práctico”.
- Ley N° 18.569 (1970), Ley N° 20.114 (1973) y Ley N° 23.756 (1989). “Implanta el uso del procedimiento de microfilmación para todo tipo de documentación en Ejército, la Armada y el Ejecutivo. Obsoleto”.
- Ley N° 19.648 (1972). ”Declara de interés nacional la prospección, exploración, el desarrollo minero y la explotación de carbón mineral. Hoy, lejos de ser de interés nacional, lo que se busca es “descarbonizar” la economía”.
- Ley N° 20.577 (1973). “Considera de interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de sistemas de transmisión de imágenes televisivas. Obliga a una aprobación previa. Afortunadamente, esta ley no ha sido aplicada”.
- Ley N° 21.895 (1978). “Autoriza las emisiones de televisión en color. Ok….”
- Ley N° 23.888 (1990). “Encomienda a realizar un Censo Técnico Permanente de Infraestructura que nunca se realizó”.
- Ley N° 14.041, “autoriza al Poder Ejecutivo a proceder a la formación de un acopio que ha dejado de tener operatividad”.
- Ley N° 14.800 (1959), “obliga a quien demuela un teatro a construir en el mismo predio otro con características similares. Parece razonable para proteger la actividad, ¿no? Pero el problema es que reduce los incentivos para instalar nuevos teatros. Al pulverizar el valor de una propiedad dedicada a una sala teatral hace mucho menos atractivo construir teatros nuevos. En el largo plazo se castiga aquello que se buscaba proteger”.
- Ley N° 17.752 (1968), “promueve la construcción de hoteles para turismo internacional. Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación”.
- Ley N° 19.340 (1971), “esta ley obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción. Trámite inútil e innecesario”.
- Ley N° 19.363 (1971), “establece un sorteo del INCAA entre asistentes al cine del que participa solo el 0,1 % de los espectadores. Los costos de organizar el sorteo, por burocracia, trámites, registros y escribanos, son superiores al premio que se sortea”.
- Ley N° 20.308 (1973), “crea el Fondo Naval Fomento Actividades Náuticas con fondos de la propia Armada Argentina. Se desconoce su relevancia ya que es un fondo de la armada para la armada”.
- Ley N° 20.496 (1973), “esta ley declara de interés nacional la promoción del uso de fertilizantes. El uso de fertilizantes está reglamentado por la Ley N° 20.466 que define el marco en el cual se producen, fraccionan y comercializan, haciendo esta ley obsoleta”.
- Ley N° 20.876 (1974), “declara de interés nacional a la apicultura. Es meramente declarativa y por ende carente de sentido práctico”.
- Ley N° 21.056 (1975), “fuerza a las compañías de medios de transporte de media y larga distancia a exhibir material promocional del turismo como si las imposiciones del Estado, por más buenas intenciones que albergaran, no tuvieran costo para los privados”.
- Ley N° 21.145 (1975), “otorga un privilegio a los artistas de compañías teatrales para viajar y usar servicios estatales a precio reducido. La reducción de la oferta estatal en transporte y alojamiento ha hecho este subsidio virtualmente inexistente, por lo que no se encuentra registro actual de su uso”.
- Ley N° 21.159 (1975), “crea un curso de formación turística destinado al personal de la Administración Pública Nacional. Esta ley no se aplica desde hace más de una década”.
- Ley N° 22.426 (1981), “esta ley obliga a que toda transferencia de tecnología o marcas sean aprobadas por el Estado. Esta ley constituye una violación a la libertad de contratar y comerciar establecida en la Constitución Nacional”.
- Ley N° 22.963 (1983), “esta ley de Bignone obliga a tener autorización estatal para el uso de mapas de Argentina para cualquier fin. Así, un productor de vinos no puede incluir un esquema del mapa de Argentina en su etiqueta sin autorización estatal. Tal reglamentación resulta excesiva por su injerencia en la libertad de expresión y de comercio, es injustificada y –además– genera costos para el productor y el Estado”.
- Ley N° 23.419 (1986), “dispone que las empresas públicas informen descubrimientos de petróleo. Resulta redundante que se le pida al Estado que se informe a sí mismo”.
- Ley N° 23.634 (1988), “crea la Comisión Nacional de Cunicultura, un ente burocrático conformado por representantes del Estado Nacional y algunas provincias. La actividad es actividad libre y puede desarrollarse sin la necesidad de sobrecargar las arcas públicas con costos y burocracia inútil”.
- Ley N° 24.057 (1992), “esta ley, supuestamente se dictó para favorecer la constitución de asociaciones civiles cuyo objeto sea apoyar soluciones del hábitat, pero carece de efectos prácticos y de hecho nunca fue reglamentada”.
- Ley N° 24.127 (1992), “instituye un ‘Premio Nacional a la calidad’ en el sector privado y en la administración pública. La realización del mismo implica un importante gasto para el Estado sin tener registro de utilidad alguna”.
- Ley N° 24.298 (1994), “crea el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior. Ley sin efecto práctico y superpuesto con las competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto”.
- Ley N° 24.960 (1998), “instituye el premio ‘Prevención de las Adicciones’, que no solo no se otorga sino que está incluida en las competencias de los organismos competentes”.
- Ley N° 25.750 (2003), “esta ley establece que la propiedad de los medios de comunicación deberá ser de empresas nacionales, limitándose la participación de empresas extranjeras hasta un máximo del 30% del capital accionario. Esta norma es de dudosa constitucionalidad y afecta el derecho de propiedad”.
- Ley N° 26.227 (2007), “crea el Consejo Federal de la Juventud con la misión de colaborar con el diseño de las políticas de juventud. El Estado puede lograr estos objetivos sin la necesidad de una estructura burocrática que utiliza fondos de los contribuyentes en la realización de tareas superpuestas con las de la Administración”.
- Ley N° 26.688 (2011), “declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos. Una ley sin consecuencias prácticas”.
- Ley N° 27.171 (2015), “establece que la Federación Colombófila Argentina debe constatar el año de nacimiento y la matrícula de las palomas mensajeras de carrera que determine su pertenencia al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo. Constituye una sobrerregulación innecesaria de una actividad privada”.
- Ley N° 11.245 (1923), “fija las tarifas a percibir por la Oficina Química del Departamento Nacional de Higiene, organismo que en la actualidad no existe”.
- Ley N° 11.380 (1926), “autoriza al Banco de la Nación Argentina a dar préstamos a entidades que hoy no tienen sustento normativo”.
- Ley N° 12.307 (1936), “establece premios a la pintura y literatura por institutos que no existen en la actualidad. Hoy son competentes en esa materia la Secretaría de Cultura y el Fondo Nacional de las Artes”.
- Ley N° 13.521 (1949), “exceptúa del pago del impuesto a las gestiones necesarias para obtener excepciones al servicio militar que fue derogado”.
- Ley N° 14.578 (1958), “crea el Fondo Especial de Obras y Servicios Públicos con recursos que ya no tiene, por lo que hoy no tiene financiamiento”.
- Ley N° 17.584 (1967), “crea el Fondo Nacional Permanente para Estudios de Pre-inversión, que hace años dejó de existir”.
- Ley N° 20.085 (1973), “instituye el sistema ‘Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas’. El proyecto nunca superó la etapa de los estudios de pre-factibilidad, a pesar del tiempo transcurrido desde la sanción de la norma”.
- Ley N° 20.299 (1973), “determina la cobertura (a través de una prima de seguros) por parte del Estado Nacional de riesgos políticos en el comercio exterior. La norma hace años no tiene aplicación, si es que alguna vez lo tuvo”.
- Ley N° 20.327 (1973), “establece a ‘Ediciones Culturales Argentinas’ que editó algunos libros durante el último régimen militar. El Estado no debe participar del negocio editorial”.
- Ley N° 20.543 (1973), “esta ley establece que arrendatarios y aparceros obtendrían créditos y otros beneficios. Hace tiempo que estos beneficios no están disponibles, ni siquiera en bancos oficiales”.
- Ley N° 20.956 (1975), “determina la confección de un plan de aprovechamiento energético de las mareas en el litoral marítimo del país. Transcurrió tanto tiempo que ni siquiera existe la empresa a la que se le asignó su implementación”.
- Ley N° 23.671 (1989), “crea un Comité para seguimiento de ciertos créditos otorgados por España. No hay necesidad de financiar con fondos de los contribuyentes un comité que duplica y superpone atribuciones gubernamentales”.
- Ley N° 24.731 (1996), “establece que se elaboraría y publicaría un informe anual de tecnología industrial. La norma ha dejado de ser operativa”.
- Decreto Ley N° 12.795/44, “impone obligaciones a la inexistente Comisión Nacional de Granos y Elevadores”.
- Decreto N° 1.262/03, “crea la Unidad de Reestructuración del Sistema Financiero. Este organismo, creado luego de la crisis del año 2002, ha dejado de existir”.
- Ley N° 20.984 (1975), “crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina del que proponemos eliminar el financiamiento por parte del Estado Nacional. Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo de manera voluntaria, con sus propios fondos”.
- Ley N° 24.807 (1997), “esta ley crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Tesoro sino de los municipios que quieran participar del mismo”.