¿Cuáles son las excusas para no ser jurado electoral en Bolivia este 2025?

Las personas sorteadas como jurado electoral ya pueden presentar sus excusas. Hay nueve causales posibles y cada una exige documentación específica.

Elecciones en Bolivia
21 de julio, 2025 | 02:46 PM

Bloomberg Línea — Desde este lunes, las personas sorteadas como jurados electorales para las elecciones generales del 17 de agosto en Bolivia tienen la posibilidad de presentar sus excusas. Así lo establece el calendario electoral del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Según el artículo 16 del Reglamento de las Elecciones Generales 2025, las excusas pueden entregarse durante los siete días posteriores a la publicación de las listas de jurados, en este caso, del 21 al 27 de julio.

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El trámite debe realizarse en la Secretaría de Cámara del Tribunal Electoral Departamental correspondiente, y debe estar acompañado por la documentación que respalde el motivo.

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En áreas rurales, el procedimiento cambia: las excusas se entregan al notario o la notaria electoral de la mesa de sufragio, quien tiene 48 horas para remitir la información al Tribunal Electoral Departamental.

Para los casos en el exterior, será el o la representante o notario electoral en la ciudad correspondiente quien deberá resolver la excusa e informar al TSE en el mismo día. Si la persona designada está en Bolivia, debe acudir directamente al tribunal del departamento donde reside.

Presencial u online

El TSE informó que la atención en las oficinas departamentales es desde las 8:30 hasta las 16:30, para los que deseen el trámite físico.

Agregaron que para realizar el trámite vía digital se puede ingresar a https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo. Ante ello, el TSE aclara que la respuesta será enviada al correo electrónico de la persona que ingresa la solicitud.

Desde el órgano electoral señalaron que la Plataforma de Ciudadanía Electoral es un espacio en línea que permite a las personas crear una cuenta personal y acceder a los servicios vinculados al proceso electoral.

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Las causales válidas para presentar excusas son nueve:

  1. Enfermedad: se debe presentar certificado médico, baja extendida por seguro de salud o el formulario del Ministerio de Salud. En áreas rurales, sirve la constancia de un centro de salud.
  2. Estado de gestación: basta con un certificado médico o una fotocopia del control prenatal.
  3. Fuerza mayor o caso fortuito: en el primer caso, sirve una publicación de prensa o certificación de una autoridad. En el segundo, se requiere un certificado médico, pasaje de viaje o constancia de cambio de destino laboral emitida por el jefe superior.
  4. Ser dirigente de organización política: se necesita un certificado del TSE o tribunal departamental.
  5. Ser candidato o candidata: debe presentarse un certificado del TSE, copia del formulario de inscripción o una publicación en prensa.
  6. Trabajar en servicios indispensables: como médicos o periodistas. Se requiere certificado laboral que acredite que se prestará servicio el día de la elección.
  7. Ser mayor de 60 años: solo se necesita la cédula de identidad.
  8. Tener a cargo a una persona con discapacidad o enfermedad incapacitante: deben presentarse documentos que acrediten la condición médica y la relación de dependencia.
  9. Tener a cargo a un menor lactante (hasta 2 años): se requiere una fotocopia simple del certificado de nacimiento.

VER MÁS: ¿Cómo saber si soy jurado electoral en Bolivia este 2025?

¿Cuándo se conoce la respuesta?

De acuerdo con el artículo 18 del Reglamento Electoral, la autoridad correspondiente debe resolver la excusa de forma inmediata. La decisión, sea de aceptación o rechazo, es irreversible, y en el mismo acto debe emitirse el certificado que lo acredite.

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