En las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias 2025 deben votar los chilenos que hayan cumplido la mayoría de edad y no hayan sido condenados a pena aflictiva. En el caso de los extranjeros y chilenos en el exterior habilitados para votar no quedarán afectos a la multa que corresponde a quienes no asisten a los comicios.
Salvo por los mencionados y por quienes no presenten excusas válidas, los que no concurran a votar serán sancionados con una multa de entre 0,5 y 1,5 UTM.
¿Qué documentos son válidos para votar?
Para sufragar se deberá presentar la cédula de identidad física o el pasaporte, los que pueden estar vencidos hasta un año antes como máximo de las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias 2025.
Se debe utilizar un lápiz azul para marcar el voto en la papeleta. En caso de que un ciudadano no tenga el mencionado, las mesas le facilitarán los que haya disponibles.
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¿Cómo saber dónde votar?
El domicilio electoral corresponde a la dirección registrada ante el Servicio Electoral (Servel). Con esa información, se asigna a cada persona un local y una mesa de votación lo más cercanos posible al domicilio declarado.
Los datos electorales indican la circunscripción electoral a la que pertenece cada votante (la zona territorial donde emite su voto), además de la comuna, provincia y región, e informan si la persona se encuentra habilitada para votar.
Para saber dónde hay que votar, el ciudadano puede hacer click aquí o ingresar al siguiente link: https://consulta.servel.cl/. Una vez allí, deberá escribir su RUN y cliquear la pestaña que dice “No soy un robot”, luego pulsar el botón “Consultar”.
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¿Quiénes pueden excusarse de votar?
Las personas que no puedan votar deberán esperar a ser citadas por el Juzgado de Policía Local después de la elección. En ese momento podrán presentar la documentación que acredite alguna de las siguientes excepciones:
- Encontrarse fuera del país el 16 de noviembre.
- Presentar certificados o licencias médicas por causa de enfermedad.
- Estar a más de 200 kilómetros del local de votación (en este caso, el día de la elección deberán dejar constancia en Carabineros y conservar el comprobante).
- Desempeñar funciones encomendadas por la ley electoral el día de la elección.
- Contar con calificación o certificación de discapacidad.
- Estar afectadas por otro impedimento grave que será evaluado por el juez.
Por ello, se recomienda conservar todos los antecedentes que puedan comprobar la situación para el día de la elección.
En cuanto a las constancias ante Carabineros, el procedimiento y la forma de realizarlas serán informados oportunamente por la institución.
¿Cuándo será la segunda vuelta?
Lo más probable es que las elecciones presidenciales no se definan este domingo, ya que no se espera que ningún candidato supere el 50% de los votos válidos. En caso de darse esta opción, la fecha establecida por el Servel para esta segunda votación es el próximo domingo 14 de diciembre.









