Bloomberg Línea — El miércoles 16 de julio se conmemora en Chile el Día de la Virgen del Carmen, festividad religiosa dedicada a quien es reconocida por la Iglesia Católica como la Patrona del país.
Ver más: ¿Habrá clases el próximo 16 de julio en Chile?
Su figura ha sido históricamente venerada y adquirió especial relevancia por su devoción entre personajes como Bernardo O’Higgins durante el período emancipador de Chile, y quien la declaró Patrona y Generala de las Armas de Chile antes de la Batalla de Maipú (1818), prometiendo construir un templo en su honor si se obtenía la victoria.
La conmemoración de esta fecha quedó establecida como feriado con la Ley N° 20.148, del 6 de enero de 2007. Esta norma reemplazó el feriado correspondiente a Corpus Christi.
Esta ley estableció el 16 de julio de cada año como feriado legal en conmemoración de la Virgen del Carmen, respondiendo a una histórica y arraigada tradición chilena.
El Día de la Virgen del Carmen es una de las festividades religiosas más importantes del calendario nacional, con miles de fieles congregados en iglesias y procesiones para rendir homenaje. La principal celebración se lleva a cabo en el Santuario Nacional de Maipú, donde se realizan misas, oraciones y una multitudinaria procesión con peregrinos de todas partes.
¿Es feriado irrenunciable?
Para 2025, el calendario chileno cuenta con 22 feriados, de los cuales, ocho son irrenunciables, pero el 16 de julio no es uno de ellos, lo que significa que, si bien está reconocido como feriado, no implica descanso obligatorio. Por lo tanto, aunque se suspenden las clases en escuelas y universidades y algunos trabajadores pueden quedar exentos de sus funciones, el comercio y la mayoría de los servicios funcionarán con normalidad.
Ver más: Calendario de feriados en Chile para julio 2025
¿Cómo se paga el Día de la Virgen del Carmen?
Si el turno de un trabajador cae en un feriado no irrenunciable, no se paga como hora extra, a excepción de que se exceda la jornada laboral semanal pactada en el contrato.
Al respecto, el Código del Trabajo establece que las horas extraordinarias deben remunerarse con un recargo mínimo del 50% sobre el sueldo pactado para la jornada ordinaria.
Este recargo se aplica tanto si las horas extras se realizan en días hábiles, festivos, domingos o durante la noche, y deben pagarse junto con el sueldo correspondiente al período.
La ley permite que empleadores y trabajadores acuerden, ya sea en contratos individuales o colectivos, un porcentaje mayor al mínimo legal.
También se puede establecer un recargo superior específicamente para las horas trabajadas en domingos, feriados o en horario nocturno.
Feriados que restan en 2025
Todavía quedarían 10 feriados programados en el calendario de 2025, de los cuales cuatro corresponden a fines de semana extendidos y varios son irrenunciables:
• Viernes 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
• Jueves 18 de septiembre: Independencia Nacional (irrenunciable).
• Viernes 19 de septiembre: Día de las Glorias del Ejército (irrenunciable).
• Domingo 12 de octubre: Encuentro de Dos Mundos.
• Viernes 31 de octubre: Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.
• Sábado 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
• Domingo 16 de noviembre: Elecciones presidenciales y parlamentarias (irrenunciable).
• Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
• Domingo 14 de diciembre: Segunda vuelta de la elección presidencial si se da el caso (irrenunciable).
• Jueves 25 de diciembre: Navidad (irrenunciable).