El domingo 16 de noviembre se realizarán las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias de 2025, en las que se definirá al próximo presidente de la República, la composición completa de la Cámara de Diputados y la mitad del Senado.
El voto será obligatorio para los ciudadanos mayores de edad que no tengan condenas a pena aflictiva. Quienes no concurran a sufragar podrán ser sancionados con una multa. Los extranjeros y los chilenos habilitados para votar desde el exterior no estarán sujetos a esa penalización.
En la elección presidencial, si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, se realizará una segunda vuelta entre los dos más votados.
Desde la vuelta de la democracia a Chile, tan solo dos elecciones se definieron en primera vuelta: la de 1989, en la que se impuso Patricio Aylwin, y la de 1993, en la que resultó victorioso Eduardo Frei Ruiz‑Tagle. Desde la elección de 1999 en adelante, todos los presidentes fueron electos en balotaje.
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Fecha de una eventual segunda vuelta
El Servicio Electoral (Servel) fijó el domingo 14 de diciembre como fecha para una eventual segunda votación presidencial.
Obligatoriedad del voto en la segunda vuelta
La segunda vuelta forma parte del proceso presidencial general, por lo que también será con voto obligatorio. Quienes no asistan podrán recibir una multa de entre 0,5 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Esta sanción no se aplicará a los extranjeros ni a los votantes en el exterior.
Excusas válidas para no votar
Las personas que no puedan votar deberán esperar a ser citadas por el Juzgado de Policía Local tras la elección, momento en el que podrán presentar documentación que acredite alguna de las siguientes causales:
- Haber estado fuera del país el 16 de noviembre.
- Contar con certificado o licencia médica.
- Encontrarse a más de 200 kilómetros del local de votación (debe dejar constancia en Carabineros el mismo día y conservar el comprobante).
- Cumplir funciones asignadas por la ley electoral el día de los comicios.
- Tener calificación o certificación de discapacidad.
- Haber enfrentado otro impedimento grave debidamente evaluado por el juez.
Se recomienda conservar los documentos que respalden la causa que impidió votar. Carabineros informará oportunamente los detalles del procedimiento para dejar constancia.
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Consulta del local de votación
Los electores pueden revisar su local de votación, número de mesa o si fueron designados como vocales ingresando su RUN en el sitio web del Servel.









