Bloomberg Línea — Al Congreso de Colombia llegó la tercera reforma tributaria de la era Petro y pese a que los alimentos básicos no sufren cambios, sí se generan nuevos impuestos que la clase media tendrá que pagar.
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El ministro de Hacienda, Germán Ávila, aseguró que las medidas contempladas se enfocaron en no tocar los productos de la Canasta Familiar y que solamente se abordan medidas tributarias que afectan a la población de mayores ingresos en el país. “No se tocan artículos de la canasta familiar a los cuales se les modifique el IVA”, dijo el ministro.
A pesar de eso, los estratos medios si se verán tocados con la reforma tributaria, algunos por hábitos de consumo y otros por mayor carga de renta.
Cambios en renta
El desempleo en Colombia viene reduciendo constantemente, sin embargo, los empleos creados no están siendo formales sino de los denominados trabajadores por cuenta propia.
La reforma tributaria que presentó el Gobierno Petro pretende subir la carga tributaria de los trabajadores de clase media, es decir, aquellos que tienen ingresos mensuales a partir de los COP$7 millones.
Los obligados a declarar renta en Colombia seguirán iniciando en los asalariados de 1.090 UVT, a precios de 2025 esto equivale a COP$4,5 millones.
En la reforma aquellos con ingresos mensuales de COP$7 millones tendrán que pagar renta con una tarifa del 29%, es decir, sube con respecto al nivel actual de 28%.
A partir de ese nivel todos los asalariados ven incrementos en su tarifa de renta. Los de COP$17 millones ahora pagarán tarifa del 35%, los de COP$35 millones pagarán 37% de tarifa, los de COP$78 millones una tarifa del 39%, y a partir de COP$128 millones la tarifa será del 41%.
Esto significa que más contribuyentes de ingresos medios deberán declarar y pagar, mientras que quienes ya estaban obligados asumirán un aumento en su carga tributaria.
Cambios en retefuente
La reforma también ajusta la tabla de retención en la fuente aplicable a pagos laborales y pensionales. Ahora, desde 95 UVT mensuales ya se empieza a pagar un 19%, con incrementos que llegan al 41% para más de 2.300 UVT.
Esto impacta directamente a la clase media asalariada y a pensionados de ingresos altos, pues reduce su ingreso disponible mes a mes.
Ganancias ocasionales
Las utilidades por venta de activos fijos sólo se consideran ganancia ocasional, si el bien se poseyó más de cuatro años; en caso contrario pasan a ser renta líquida, lo que incrementa el impuesto a pagar.
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Para herencias, las exenciones se reducen: solo se libera del tributo el valor equivalente a una vivienda de interés social y hasta 3.250 UVT en otros activos.
Actualmente, están exentas de pagar el impuesto de ganancia ocasional la vivienda habitada por el heredero en las primeras 13 mil UVT, es decir, unos COP$650 millones. Con la reforma, se pagaría ganancia ocasional por viviendas heredadas por encima de los COP$213 millones, es decir, el equivalente a una vivienda de interés social.
El Colombia el valor máximo de las viviendas de interés social es de 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para efectos tributarios este se expresa en UVT (COP$49.799 en 2025).
Si la herencia se trata de bienes distintos a la vivienda que se habita, la tributaria también fija el monto exento en el mismo de una vivienda VIS, actualmente, es de 6.500 UVT, unos COP$325 millones.
Menores patrimonios pagarán
Actualmente el impuesto al patrimonio se genera con aquellas personas naturales que al inicio de cada año cuenten con uno de hasta COP$3.585 millones, es decir, 72.000 UVT.
Con la reforma, se considerará un patrimonio alto desde las 40.000 UVT, es decir, desde los COP$1.991 millones.
Los patrimonios de hasta 70.000 UVT, que antes pagaban 0% de impuesto, ahora pagarán una tarifa de 0,5%. Esto cobija a los patrimonios de entre COP$2.000 millones y COP$3.485 millones. Desde ese nivel y hasta los COP$5.975 millones la tarifa del impuesto será del 1%.
Actualmente existe una tarifa de 1,5% para patrimonios de más de COP$11 mil millones la cual desaparece y se crean tres tarifas adicionales.
Una del 2%, para patrimonios de hasta COP$12 mil millones, del 3% para los patrimonios de COP$99 mil millones y de 5%, para aquellos patrimonios mayores a ese monto.
Cambios en IVA y Consumo
Es cierto que la reforma tributaria no toca alimentos básicos como leche, huevos, papa y otros esenciales en la Canasta Básica, sin embargo, sí aumenta los impuestos de algunos productos consumidos en todos los niveles socioeconómicos.
La tributaria del Gobierno le incrementa el IVA del 5% al 19% a licores comúnmente consumidos como: ron, aguardiente, vino, aperitivos y similares. Además, incrementa el impuesto al consumo para la cerveza.
“Por su impacto en la salud pública consideramos que deben ser gravados para desestimular su consumo y para contribuir con las necesidades fiscales del país”, dijo Ávila en la presentación del proyecto.
La reforma amplía la base del IVA y el impuesto al consumo. Se gravan más bienes con tarifas del 5% y 19%, incluyendo alimentos procesados, bebidas alcohólicas y algunos productos de la canasta extendida.
También los servicios culturales, deportivos y de esparcimiento con precios superiores a 10 UVT (COP$497 mil) pagarán IVA del 19%. Esto eleva el costo de actividades que forman parte del consumo habitual de la clase media, como conciertos, fútbol, teatro etc.).
Autos más costosos
Actualmente los automóviles familiares, camperos y pick-ups estaban gravados con una tarifa del 8% de impuesto al consumo, sin importar su valor comercial, siempre que fueran de uso particular.
Esto hace que tanto un carro de gama baja como uno de gama alta tuvieran el mismo tratamiento tributario, y el precio final dependía más de factores como la marca o el equipamiento que de la carga impositiva.
La reforma plantea un ajuste: se crea una diferenciación según el valor FOB del vehículo (el precio de fábrica o de importación).
Los automóviles familiares y pick-ups cuyo valor sea inferior a US$30.000 seguirán gravados con un impuesto del 8%. Los vehículos iguales o superiores a US$30.000 pasan a tener un impuesto del 19%. Es decir, los carros de COP$120 millones en adelante tendrán mayores cargas tributarias.
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Este cambio implicaría que vehículos de gama media, que suelen estar entre US$25.000 y US$35.000 (como SUVs compactos, camionetas familiares o pick-ups de entrada), pueden saltar de un 8% a un 19% en su impuesto, lo que encarece significativamente la compra.
Por ejemplo, un vehículo de US$32.000 pagaría casi US$6.000 más en impuestos. Para las familias de clase media que financian la compra de un carro nuevo, esto significa cuotas más altas y un acceso más restringido a modelos de gama media y alta, limitando sus opciones al segmento de vehículos económicos.
Además, Los vehículos híbridos gozaban de un beneficio especial: pagaban solamente un 5% de IVA y tenían tarifas reducidas en el impuesto al consumo (algunos entre el 0% y el 8%), lo que los hacía mucho más atractivos frente a los carros a combustión tradicional. Este incentivo buscaba promover tecnologías más limpias y eficientes.
La reforma elimina parte de ese tratamiento preferencial y acerca a los híbridos a la tributación de los carros convencionales. En el esquema propuesto.
Los híbridos con precio inferior a US$30.000 quedan gravados con el 8% de impuesto al consumo, igual que los vehículos a combustión de ese rango.
Los híbridos con precio igual o superior a US$30.000 pasan a tributar con un 19% de impuesto al consumo, como los automóviles y pick-ups convencionales de gama media y alta.