¿Cómo quedó la Reforma Laboral 2025 aprobada por el Senado y qué le falta para ser ley?

El presidente Gustavo Petro indicó que lo que salvó su proyecto fue la decisión de hacer la consulta popular “y el pueblo en las calles respaldando”.

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18 de junio, 2025 | 10:19 AM

Bloomberg Línea — La plenaria del Senado aprobó en cuarto y último debate, con 57 votos a favor y 31 en contra, el proyecto de reforma laboral presentado por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

Con lo que la iniciativa pasará a conciliación de ambos textos (el aprobado por la Cámara de Representantes y el del Senado de la República) y luego a sanción presidencial para convertirse en ley de la República.

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El Senado tiene plazo, de acuerdo a la Constitución y la ley, de aprobar la conciliación con la Cámara hasta este 20 junio de 2025.

Tras la aprobación, el presidente Petro indicó que es la segunda vez que se debate la reforma laboral y que sabe que la Comisión Séptima del Senado, con 8 congresistas, decidió que eso no se debatía, por lo todo el consenso que se dio en la Cámara de Representantes se perdió.

“Deberían explicarle al país ese fracaso. Pero lo que ha salvado esa reforma es que decidimos hacer la Consulta Popular y el pueblo en las calles respaldando“, dijo el mandatario colombiano.

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¿Qué se aprobó con la Reforma Laboral 2025 ayer?

-Se estableció un aumento escalonado del recargo dominical y festivo. En 2025 será del 80%, en 2026 será de 90% y en 2027 de 100%.

-El recargo nocturno inicia desde las 7:00 p. m. y regirá seis meses después de la expedición de la ley.

-Fue aprobado el carácter laboral del contrato de aprendizaje del SENA, con salario del 75% en etapa lectiva. Así mismo, los aprendices tendrán derecho a remuneración del 100% de un salario mínimo en su etapa práctica, así como cotización a salud, pensión, ARL, primas y vacaciones.

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También se avaló una multa mensual de 1,5 salarios mínimos por aprendiz no contratado.

-Las mayorías eliminaron el parágrafo del artículo 12 sobre jornadas 4x3, manteniéndose flexibilidad laboral bajo acuerdo entre las partes.

-Fue eliminado el parágrafo del artículo 12, que establece cuatro días de trabajo y tres de descanso respecto a la jornada máxima legal.

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Este aspecto sostiene excepciones tales como que el empleador y el trabajador o la trabajadora, podrán acordar que la jornada semanal de 42 horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el día domingo.

-La Plenaria aprobó el artículo 74 con modificaciones y que consiste en la vinculación de las madres comunitarias y sustitutas, y que entrará en vigencia 12 meses después de aprobado el proyecto. Se eliminan los subsidios de los cuales son beneficiarias, cuando se formalicen laboralmente.

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