Bloomberg Línea — A partir del martes 12 de agosto, más de 6 millones de personas naturales deberán presentar a declarar renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) de Colombia.
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La obligación corresponde al año gravable 2024 llega con nuevos topes, fechas y condiciones, sin importar si es asalariado, independiente, emprendedor o si apenas empieza a generar ingresos.
Al respecto, deberá declarar renta en 2025 si en 2024 cumplió con uno o más de los siguientes requisitos:
• Tuvo ingresos brutos iguales o mayores a COP$65′891.000.
• Su patrimonio bruto fue igual o mayor a COP$211′793.000.
• Transacciones bancarias, compras, consumos o uso de tarjetas de créditos que superen el umbral de los COP$65′891.000 (1.400 UVT).
• Recibió consignaciones bancarias por más de COP$65′891.000.
• Fue responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre (4.500 UVT).
Calendario tributario para personas naturales
Entre el 12 de agosto y el 29 de agosto de 2025, las personas naturales cuyos números de identificación tributaria terminen en los números del 01 al 26, deben presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2024. Las fechas específicas de declaración dependen de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.
Declaración de renta según la terminación del número de cédula:
12 de agosto: 01 y 02
13 de agosto: 03 y 04
14 de agosto: 05 y 06
15 de agosto: 07-08
19 de agosto: 09-10
20 de agosto: 11-12
21 de agosto: 13-14
22 de agosto: 15-16
25 de agosto: 17-18
26 de agosto: 19-20
27 de agosto: 21-22
28 de agosto: 23-24
29 de agosto: 25-26
El proceso se extiende en septiembre y octubre de la siguiente manera:
1 de septiembre: 27-28
2 de septiembre: 29-30
3 de septiembre: 31-32
4 de septiembre: 33-34
5 de septiembre: 35-36
8 de septiembre: 37-38
9 de septiembre: 39-40
10 de septiembre: 41-42
11 de septiembre: 43-44
12 de septiembre: 45-46
15 de septiembre: 47-48
16 de septiembre: 49-50
17 de septiembre: 51-52
18 de septiembre: 53-54
19 de septiembre: 55-56
22 de septiembre: 57-58
23 de septiembre: 59-60
24 de septiembre: 61-62
25 de septiembre: 63-64
26 de septiembre: 65-66
1 de octubre: 67-68
2 de octubre: 69-70
3 de octubre: 71-72
6 de octubre: 73-74
7 de octubre: 75-76
8 de octubre: 77-78
9 de octubre: 79-80
10 de octubre: 81-82
14 de octubre: 83-84
15 de octubre: 85-86
16 de octubre: 87-88
17 de octubre: 89-90
20 de octubre: 91-92
21 de octubre: 93-94
22 de octubre: 95-96
23 de octubre: 97-98
24 de octubre: 99-00
¿Qué debe hacer para presentar la declaración de renta?
La Dian explica los pasos siguientes para presentar su declaración.
• Debe estar inscrito en el RUT, consulte cómo hacerlo aquí.
• Si ya está inscrito en el RUT, pero cambió de dirección, correo electrónico, número telefónico o actividad económica, debe actualizarlo.
• Su cuenta de usuario y firma electrónica deben estar habilitadas para tener acceso a los servicios en línea de la Dian, donde usted debe cumplir con su obligación. Amplíe esta información en el botón “Valide su usuario, contraseña y firma electrónica”, ubicada en la sección “Prepárese para la declaración”.
Entre, con su usuario y contraseña, al Servicio Informático de Diligenciamiento de la Dian.
• Tenga listos los documentos necesarios para hacer su declaración.
• Firme y presente electrónicamente su declaración. Si debe pagar, hágalo antes de que se venza su plazo para hacerlo. Consulte la información de los plazos en la página de inicio del micrositio.