Bloomberg Línea — La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá informó el calendario de pico y placa para los primeros 15 días de diciembre de 2025.
Esta restricción rige de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p.m.
Para vehículos particulares, en días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5. En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.
Pico y placa en diciembre
Semana del 1 al 7:
Lunes 1 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Martes 2 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Miércoles 3 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Jueves 4 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Viernes 5 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Sábado 6 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 7 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
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Semana del 8 al 14 de diciembre
Lunes festivo 8 de diciembre: No aplica medida de pico y placa dentro de la ciudad por ser día festivo. Rige pico y placa regional de ingreso a Bogotá.
Martes 9 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Miércoles 10 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Jueves 11 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Viernes 12 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Sábado 13 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 14 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Lunes 15 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Pico y placa regional
Esta medida de ingreso a Bogotá funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la administración distrital en los nueve corredores de ingreso a la capital del país.
A partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., sólo se permite el ingreso a la capital colombiana de los vehículos con placas terminadas en número par; de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.









