Gobierno Petro alista decreto que prohíbe sin excepciones exportar carbón a Israel

El Ministerio de Comercio publicó para comentarios el proyecto de decreto que elimina las excepciones que estableció el Gobierno en un primer decreto de 2024.

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29 de julio, 2025 | 10:32 AM

Bloomberg Línea — El Gobierno colombiano de Gustavo Petro tiene preparado un nuevo decreto con el que prohibirá definitivamente las exportaciones de carbón con destino a Israel.

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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el proyecto de decreto con el que se eliminan las excepciones que contenía un primer decreto de prohibiciones que fue expedido en 2024.

En el decreto 1047 de 2024 se establecía como excepción a la prohibición que “las mercancías que, antes de la entrada en vigor del decreto, estén amparadas con una Solicitud de Autorización de Embarque debidamente presentada y aceptada por la DIAN, o con un Formulario de Movimiento de Mercancías debidamente autorizado por el usuario operador”.

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Así mismo, contemplaba como excepcionales las exportaciones que “las Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigor del decreto, hubieren expedido el Certificado al Proveedor”, así como “los negocios jurídicos perfeccionados hasta la entrada en vigor del Decreto, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima”.

El artículo uno del borrador de decreto contempla que se prohíben, sin excepción, la totalidad de las exportaciones de las hullas térmicas (carbón).

Los artículos dos y tres contemplan la derogación de los artículos (2 y 3) del decreto de 2024 los cuales establecían las excepciones.

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El nuevo decreto establece que entrará en vigor transcurridos 15 días regulares, contados a partir del día siguiente a la fecha a su publicación en el Diario Oficial.

La normativa dice tendrá vigencia hasta que se cumplan a cabalidad las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia en el proceso sobre la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) o hasta que subsistan las condiciones que dieron lugar a ellas.

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