Hora extra diurna y reforma laboral 2025: estos son los cambios y cuándo entra en vigor

La iniciativa deberá ser conciliada antes del 20 de junio. La modificación al horario diurno y nocturno, entre los puntos clave.

Trabajadores
18 de junio, 2025 | 12:05 PM

Bloomberg Línea — Uno de los principales cambios que traerá consigo la reforma laboral propuesta por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, que deberá ser conciliada antes de que termine la legislatura, el próximo 20 de junio, es el horario de la jornada diurna.

El artículo 11 del texto aprobado por el Senado el 17 de junio, llamado Trabajo Diurno y Nocturno, plantea una modificación al artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo.

PUBLICIDAD

El cambio consiste en delimitar la jornada diurna al trabajo realizado entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., razón por la cual la jornada nocturna aplicará para las labores desarrolladas entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. La medida regirá seis meses después de la expedición de la ley.

Ver más: Quién es Alfredo Saade, el pastor que se convertirá en el jefe de gabinete de Petro

En la actualidad, el pago de las horas extra diurnas comienza a las 6:00 p.m. y va hasta las 9:00 p. m., mientras que el de las horas extra nocturnas se extiende de 9:00 p. m. y 6:00 a. m.

En ese contexto, en caso de que la conciliación de la reforma laboral llegue a buen término y este punto permanezca como está consignado, las horas extra diurnas se pagarán hasta las 7:00 p. m., mientras que las nocturnas de 7:00 p. m. a 6:00 a. m.

El pago de las horas extra en Colombia se calcula con base en los siguientes porcentajes sobre el valor de una hora ordinaria:

  • Hora extra diurna: 25%
  • Hora extra nocturna: 75%

No está de más clarificar que las horas extra son aquellas que exceden la jornada laboral ordinaria acordada entre el trabajador y el empleado en el contrato.

Según la reforma laboral, cada trabajador podrá trabajar máximo dos horas extra diarias y 12 semanales.

PUBLICIDAD

Otros puntos clave de la reforma laboral

La reforma laboral también contempla incrementar el recargo por trabajar un domingo o un festivo, es decir, los días de descanso obligatorio, del 75% al 100% de manera progresiva.

Funcionará de la siguiente manera:

  • A partir del 1 de julio de 2025: recargo del 80%
  • A partir del 1 de julio de 2026: recargo del 90%.
  • A partir del 1 de julio de 2027: recargo completo del 100%.

Respecto a los recargos nocturnos, que no implican trabajar horas extra, sino cumplir con la jornada laboral ordinaria entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m., se liquidarán así:

Recargo nocturno ordinario: por trabajar en la jornada nocturna y hasta las horas pactadas, se remunera con un 35% adicional al pago de la hora ordinaria.

Recargo nocturno dominical o festivo: por trabajar en la noche y, además, un domingo o festivo, se pagará así:

  • El 115% adicional sobre la hora ordinaria laboral a partir del 1 de julio de 2025: 35% del recargo nocturno + 80% del recargo dominical o festivo.
  • El 125% adicional partir del 1 de julio de 2026: 35% del recargo nocturno + 90% del recargo dominical o festivo.
  • El 135% adicional partir del 1 de julio de 2026: 35 % del recargo nocturno + 100% del recargo dominical o festivo.

Ver más: ¿Cómo quedó la Reforma Laboral 2025 aprobada por el Senado y qué le falta para ser ley?

PUBLICIDAD