Bogotá — El presidente de Colombia, Gustavo Petro, quiere que en las urnas se defina el futuro de las reformas a la salud y laboral luego de que el poder legislativo las rechazara.
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Petro habla de convocar una consulta popular, pero la Constitución Política de Colombia podría convertirse en un impedimento para que el presidente pueda llevar las reformas a las urnas.
“El presidente odia gobernar y solo le interesa tener a la gente en las calles, sabe que es su mejor cortina de humo”, aseguró Sergio Fajardo, excandidato presidencial.
Lo que dice la constitución
El presidente asegura que el Congreso está rechazando el mandato para el cual el pueblo colombiano lo eligió a él como presidente y por ello su interés de que sea el elector el que defina el futuro de las reformas.
Al respecto, la Constitución Política dice en el artículo 104 que, “el presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección”.
Dicho artículo de la carta magna colombiana está regulado por la ley 134 de 1994 en la cual se definen los objetivos y mecanismos para realizar cada uno de los mecanismos de participación ciudadana.
¿Luz verde a la consulta popular?
La ley 134 de 1994 establece cuáles son los requisitos para que el presidente pueda someter a consulta popular determinadas decisiones.
En dicha ley quedó definido que la consulta popular es la institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometido por el presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.
En ese sentido, el presidente estaría habilitado para consultar a la ciudadanía sobre el futuro de las reformas sociales que quiere implementar y que han sido rechazadas por el Congreso.
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Sin embargo, la misma ley detalla en su artículo 50 que “No se podrán realizar consultas sobre temas que impliquen modificación a la Constitución Política”. Desde el inicio del debate en torno a la reforma a la salud ha existido la polémica en torno a si es una ley ordinaria o estatutaria. Es decir, podría no estar ajustado con la ley someter a consulta popular la reforma a la salud.
Pero, además, el artículo 52 establece que “las preguntas que se formulen al pueblo estarán redactadas en forma clara, de tal manera que puedan contestarse con un ‘’sí” o un “no””, en ese orden de ideas la pregunta del presidente podría ser ¿Está usted de acuerdo con implementar las reformas a la salud y laboral en Colombia?
Sin embargo, el mismo artículo 52 le cierra la puerta a dicha posibilidad porque aclara que “no podrán ser objeto de consulta popular proyectos de articulado, ni tampoco la convocatoria a una asamblea constituyente, salvo cuando se vaya a reformar la Constitución según el procedimiento establecido en el artículo 376 de la Constitución Política y en esta ley”.
“En el caso de las reformas que quiere aprobar el presidente a través de este mecanismo, existe el inconveniente de que no está diseñado para la aprobación de textos normativos, sino como lo indica la Constitución, de decisiones trascendentales de nuestra Nación. De todas maneras, la consulta popular implica la aprobación por parte del pueblo de una pregunta que se debe contestar sí o no”, dijo Sonia Marina Castro, abogada Constitucionalista y socia de Yepes Castro Estudio Jurídico.
Suma apoyos y rechazos
El inminente hundimiento de la reforma laboral y el anuncio del presidente de someter los articulados de las reformas laboral y de salud a consulta popular ya despertó el respaldo de los congresistas del Pacto Histórico, pero también el de los opositores al Gobierno.
María José Pizarro, senadora del Pacto Histórico, aseguró que “defenderemos en el Senado y en las calles la propuesta de consulta popular, y todo mecanismo de participación ciudadana, como expresión máxima de la democracia directa con la que cuenta el pueblo para hacer valer su opinión soberana”.
Legisladores del partido Centro Democrático respondieron a las declaraciones del mandatario, quien calificó la decisión como un bloqueo institucional.
El representante a la Cámara Juan Espinal aseguró que en el Congreso no existe ningún bloqueo y que la votación en democracia es legítima, ya que “siempre ganan las mayorías”.
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Espinal advirtió que Petro debe respetar la independencia de los poderes y no presionar a los senadores. Además, se refirió a la propuesta de consulta popular anunciada por el presidente, afirmando que, si bien es un mecanismo democrático válido, no puede ser utilizado con fines políticos para las elecciones de 2026.
Por su parte, la senadora y precandidata presidencial Paola Holguín enfatizó que la decisión del Congreso de archivar las reformas se basa en su impacto negativo en el país. Según la congresista, la reforma laboral podría destruir cerca de 500 mil empleos, mientras que la reforma a la salud pondría en riesgo el aseguramiento de los colombianos.
Holguín también criticó la actitud del presidente, calificando sus declaraciones como una falta de respeto a la independencia del Congreso. “No es cierto que por haber ganado las elecciones tenga patente de corso para imponer sus caprichos”, afirmó.
El panorama político sigue marcado por la tensión entre el Ejecutivo y el Legislativo, con un gobierno que insiste en impulsar sus reformas por otras vías y una oposición que defiende la autonomía del Congreso. Ahora, la posibilidad de una consulta popular abre un nuevo capítulo en el debate sobre el futuro de estas iniciativas.