¿Qué es el cabildo abierto y cuándo es la consulta popular 2025 en Colombia?

El Gobierno Petro radicará este lunes la consulta popular con la que espera obligar al Congreso a aprobar la Reforma Laboral que fue archivada en el Legislativo

¿Qué es el cabildo abierto y cuándo es la consulta popular 2025 en Colombia?
21 de abril, 2025 | 01:13 PM
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Bloomberg Línea — El Gobierno de Gustavo Petro anunció en días pasados que convocará a una consulta popular para que el pueblo se pronuncie sobre una reforma laboral y otra al sistema de salud del país, y obligar así al Congreso de la República a legislar sobre estos temas.

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La Constitución Política colombiana prevé diferentes mecanismos de participación popular, entre los que se encuentran el referendo, la consulta popular y los cabildos abiertos, que son la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

A diferencia del cabildo abierto, la consulta popular es la institución que permite hacer una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local por parte del presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, y a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.

En todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria. Cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar una asamblea constituyente las preguntas serán sometidas a consideración popular mediante ley aprobada por el Congreso de la República.

Distintos ministerios del Gobierno Nacional ya han empezado a promover la creación de comités por el Sí a la consulta popular.

El procedimiento para convocar una consulta popular varía según su ámbito (nacional o territorial), pero en todos los casos debe pasar por una etapa de iniciativa, aprobación, convocatoria y votación.

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Cuando la propuesta proviene del presidente, debe contar con la aprobación del Senado mediante una ley que establezca la pregunta y convoque la consulta.

Si la iniciativa proviene de los ciudadanos, deben recoger un número mínimo de firmas equivalente al 5% del censo electoral nacional, tras lo cual la Registraduría verifica las firmas y, si se cumplen los requisitos, remite la propuesta al Congreso para su aprobación.

Una vez aprobada la convocatoria, la Registraduría Nacional del Estado Civil organiza la jornada de votación. La Corte Constitucional debe revisar la constitucionalidad de la pregunta propuesta si se trata de una consulta nacional o si hay dudas sobre su legalidad en consultas territoriales.

Esta revisión garantiza que la pregunta no vulnere los derechos fundamentales ni la Constitución, y que sea clara, objetiva y comprensible para los votantes.

Para que la consulta popular tenga efectos vinculantes y sea aprobada, se requiere que participe al menos el 30% del censo electoral del nivel correspondiente (nacional o territorial), y que la opción mayoritaria obtenga más del 50% de los votos válidos.

En caso de cumplirse estos requisitos, el resultado de la consulta adquiere carácter obligatorio para las autoridades competentes. Este mecanismo fortalece la democracia participativa en Colombia, al permitir que los ciudadanos influyan directamente en decisiones de gran relevancia para el país o sus regiones.

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En Colombia, para que una consulta popular sea válida y sus resultados tengan efectos vinculantes, deben cumplirse dos umbrales clave: el de participación y el de aprobación.

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Umbral de participación: Se requiere que al menos el 33% del censo electoral participe en la votación. Por ejemplo, si el censo electoral es de aproximadamente 41 millones de personas, se necesitaría la participación de al menos 13,7 millones de votantes para que la consulta sea válida.

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Umbral de aprobación: Una vez alcanzado el umbral de participación, la opción que obtenga la mayoría simple de los votos válidos (más del 50%) será la que determine el resultado de la consulta. Es decir, si más de la mitad de los votantes se pronuncian por el “Sí”, la propuesta será aprobada; si la mayoría vota por el “No”, será rechazada.

Estos requisitos están establecidos en la Ley 134 de 1994, que regula los mecanismos de participación ciudadana en Colombia. Es importante destacar que, aunque la consulta popular permite a los ciudadanos pronunciarse sobre temas de gran relevancia, no puede utilizarse para modificar la Constitución. Por lo tanto, cualquier reforma constitucional debe seguir el procedimiento legislativo establecido para tal fin.