Congreso busca reactivación con alivios a deudores de multas e incentivos al turismo

Bloomberg Línea conoció el proyecto que firma un grupo de representantes del Partido de La U, Liberal, Alianza Verde, Conservador y el Pacto Histórico.

Un controvertido proyecto de ley de descentralización se abre camino por el Congreso de Colombia.
24 de julio, 2025 | 11:57 AM

Bloomberg Línea — El Gobierno de Gustavo Petro está próximo a radicar en la secretaría de Cámara de Representantes su tercer proyecto de reforma tributaria con el que espera recaudar unos COP$19 billones, según se había dicho en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Mientras tanto, llegó un proyecto con aspectos tributarios y enfocado en la reactivación económica que es firmado por ocho representantes a la cámara de los partidos de La U, Liberal, Alianza Verde, Conservador y el Pacto Histórico. Los firmantes son: Álvaro Henry Monedero Rivera, Olga Lucia Velásquez Nieto, Ángela María Vergara González, Wilmer Castellanos Hernández, Julián Peinado Ramírez, Elkin Rodolfo Ospina Ospina Y Saray Robayo Bechara.

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En la exposición de motivos del proyecto, los legisladores que lo presentan aclaran que “este proyecto no genera ningún impacto fiscal que suponga una modificación específica o puntual en el marco presupuestal, por lo que no exige un gasto adicional del Estado, ni cambios en las rentas nacionales del Presupuesto General de la Nación”.

Lo que trae el proyecto

El proyecto plantea reducción transitoria de sanciones e intereses DIAN. Para obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarias, parafiscales y otras con entidades estatales en mora a 31 de diciembre de 2024, se aplicarán las siguientes medidas, según corresponda:

a) Reducción de hasta el 80% de sanciones e intereses si se paga o acuerda pago hasta el 30 de junio de 2025.

b) Para procesos en Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, conciliaciones y correcciones de declaraciones, se aplicará reducción proporcional de sanciones e intereses conforme a lo reglamentado.

El texto plantea la reducción de sanciones e intereses en UGPP. En los procesos de determinación y sancionatorios adelantados por la UGPP cuyas obligaciones se encuentren en firme, en los que se paguen y/o se suscriba facilidad de pago hasta el 30 de junio de 2025, y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19, las sanciones y la tasa de interés moratoria se reducirán y liquidarán en los siguientes términos:

1. Las sanciones, incluyendo aquellas que se liquiden en actos administrativos independientes, y sus actualizaciones se reducirán al diez por ciento (10%).

2. La tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario será liquidada diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente al diez por ciento (10%) de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.

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Con el fin de aliviar la carga económica de los ciudadanos y facilitar la regularización de sus obligaciones, se establecen las siguientes medidas especiales, por una sola vez, para infracciones de tránsito y deudas de impuesto vehicular pendientes hasta el 31 de diciembre de 2024:

A. Multas por infracciones de tránsito: Todos los infractores que tengan pendiente el pago de multas, estén pagando o hayan incumplido acuerdos de pago, podrán acogerse, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, a un descuento del cincuenta por ciento (50 %) del total de la deuda y del cien por ciento (100 %) de los intereses, siempre que, previamente, asistan a un curso sobre normas de tránsito en un Centro Integral de Atención debidamente registrado ante el RUNT.

B. Deudas por impuesto vehicular: Los contribuyentes con deudas en mora por impuesto vehicular podrán acogerse, dentro del mismo plazo de seis (6) meses, a un descuento del ochenta por ciento (80 %) en sanciones y a una reducción del ochenta por ciento (80 %) de los intereses calculados con la tasa de interés bancaria corriente, siempre que paguen el ciento por ciento (100 %) del impuesto adeudado.

Cuando el propietario del vehículo pruebe, al menos mediante declaración juramentada, que dejó de ser poseedor hace dos (2) años o más sin efectuar el traspaso, podrá beneficiarse de: (i) cien por ciento (100 %) de descuento en sanciones, (ii) cien por ciento (100 %) de reducción en intereses y (iii) cincuenta por ciento (50 %) de descuento sobre el valor del impuesto.

El proyecto plantea la exclusión de IVA en servicios hoteleros. Se exceptúan del impuesto sobre las ventas (IVA) –con derecho a devolución y compensación– los servicios hoteleros prestados en municipios con población inferior a 200 000 habitantes, durante los cuatro (4) años siguientes a la vigencia de esta Ley, conforme a los códigos CIIU señalados.

Además, plantea un beneficio del IVA para reposición del parque automotor. Se modifican los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario, otorgando exención de IVA por una única vez a pequeños transportadores que reemplacen hasta dos (2) vehículos, condicionada a tecnologías menos contaminantes o eléctricas hasta 31-dic-2029.

Así mismo, habla de exención de IVA para proyectos FNCE (Proyectos de Energía No Convencional). Se modifica el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014 para otorgar exención de IVA a bienes y servicios destinados a proyectos FNCE y gestión eficiente de la energía.

En materia de renta plantea la reducción de la tarifa general del impuesto de renta. Se modifica el artículo 240 del Estatuto Tributario para fijar la tarifa general del impuesto de renta en el treinta por ciento (30 %).

Habría una tasa mínima de tributación depurada. Se establece una tasa mínima del veinte por ciento (20 %) sobre la utilidad depurada, conforme a la metodología del Estatuto Tributario.

Así mismo, trae cambios en impoconsumo en el sector gastronómico. La tarifa del impoconsumo para restaurantes será del cuatro por ciento (4 %) en 2025, cinco por ciento (5 %) en 2026 y seis por ciento (6 %) a partir de 2027.

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