El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, remitió un nuevo decreto ejecutivo para el estatuto de la Asamblea Constituyente, con modificaciones a la propuesta inicial, después de que la Corte Constitucional aprobara la pregunta para el referéndum planteada por el primer mandatario, aunque con la solicitud de que se realizaran subsanaciones.
Concretamente, el mandatario ecuatoriano, mediante el Decreto Ejecutivo 155, que fue difundido en la madrugada del miércoles 24 de septiembre de 2025, introdujo cambios en el estatuto planteado para la Constituyente y realizó ajustes en los considerandos de la propuesta.
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La Corte había marcado inconsistencias en la propuesta de Noboa, que preveía una Asamblea Constituyente integrada por 80 miembros.
En la noche del martes, horas antes de la publicación del decreto, la Corte Constitucional había emitido su segundo dictamen sobre la iniciativa de Noboa para una Asamblea Constituyente: aprobó la pregunta, aunque solicitó la corrección del estatuto y de 13 considerandos de la propuesta.
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El dictamen de la Corte subrayó las contradicciones relativas al modo de integración de la Constituyente en caso de que esta se concrete.
La primera versión del estatuto enviada por Noboa establecía una Constituyente con 80 asambleístas, sin detallar, sin embargo, la cantidad de representantes correspondientes a cada provincia.
Primero, la Corte Constitucional avaló la vía para llevar adelante la reforma constitucional, y posteriormente revisó la redacción de la pregunta y el estatuto.
“Esta falta de claridad impide establecer con exactitud el tamaño de la Asamblea Constituyente”, apunta el tribunal respecto de la no especificidad de representantes por provincia.
La pregunta se mantiene sin modificaciones
La pregunta planteada por Daniel Noboa para el referéndum se mantiene sin modificaciones y es la siguiente: “¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?”.
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Con el objetivo de dar continuidad al proceso establecido, el presidente Noboa envió el decreto ejecutivo con los ajustes de la propuesta tanto a la Corte Constitucional como al Consejo Nacional Electoral.