Requisitos y cómo aplicar al Bono Emprendedores de US$1.000 en 2025

La ayuda económica gubernamental se entregará por una sola vez y los aplicantes deben demostrar que poseen un negocio y que este haya sufrido afectaciones.

Requisitos y cómo aplicar al Bono Emprendedores de US$1.000 en 2025.
16 de abril, 2025 | 01:23 PM
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Bloomberg Línea — El gobierno de Ecuador ofrece un bono de US$1.000 para emprendedores bajo el programa “Reactívate, Incentívate Emprendedor”.

El programa, inicialmente pensado en los negocios populares afectados por las fuertes lluvias de los últimos meses, ahora incluye a todos los emprendedores y negocios populares afectados por “cualquier circunstancia”.

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Sin embargo, los negocios que quieran aplicar a esta ayuda económica sí deben cumplir ciertos criterios como:

  1. Pertenecer a la Economía Popular y Solidaria o ser un emprendedor o negocio popular verificable en el Registro Único de Actores de la Economía Popular y Solidaria o la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
  2. Presentar afectación demostrable en su actividad económica.
  3. El representante de la actividad económica no debe ser beneficiario de ningún otro bono entregado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).

Ver más: Daniel Noboa entregará bono de US$1.000 para emprendedores y negocios populares

¿Cómo aplicar?

Las entidades encargadas de validar a los negocios beneficiarios son el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria (IEPS) y el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.

La postulación se la puede realizar desde la plataforma web de la iniciativa “Reactívate, Incentívate Emprendedor” o de manera presencial en oficinas designadas por el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria (IEPS) a escala nacional. La fecha límite para hacerlo es el próximo 30 de marzo.

Según la normativa, los recursos deben invertirse en:

  • La adquisición de materia prima o insumos esenciales.
  • Reposición de equipos o herramientas básicas.
  • Reparación de infraestructura mínima necesaria para la operación.
  • Cobertura de gastos operativos iniciales para la reanudación de actividades previamente aprobados por el IEPS.