¿De cuánto es la multa por no presentar la Declaración Anual 2025 ante el SAT?

El SAT dijo que la fecha límite para presentar la declaración es el 30 de abril y no prevé prórroga para los contribuyentes.

El Código Fiscal de la Federación establece las multas para quienes no presenten declaraciones.
29 de abril, 2025 | 10:09 AM
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Ciudad de México — El mes de la Declaración Anual 2025 está por concluir y todavía hay contribuyentes que no han podido presentar la declaración y cumplir con esta obligación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que se están preguntando qué pasa si no hacen el trámite y si habría multas por la omisión.

El 1 de abril inició el periodo para que las personas físicas presenten su declaración anual y la fecha límite para que cumplan con esta obligación es el miércoles 30 de abril.

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El SAT dijo en un comunicado que la fecha límite para presentar la declaración es el 30 de abril, lo que quiere decir que no habrá prórroga para aquellos contribuyentes que aún permanecen indecisos de realizar la declaración de impuestos correspondientes al año fiscal 2025.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) señaló que la presentación de las declaraciones anuales se vio afectada porque los contribuyentes reportaron incidencias en el aplicativo del SAT, como información no precargada y ciertas restricciones que impedían editar determinados campos en el aplicativo de la declaración.

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David Lozada, consultor fiscal en Aleph Academy, dijo que es importante que los contribuyentes sepan que el hecho de no presentar la Declaración Anual implica encontrarse en incumplimiento de una obligación fiscal y, en consecuencia, la autoridad podría sancionar a las personas físicas.

Lo anterior, siempre y cuando se esté obligado a presentar la Declaración Anual.

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¿Qué pasa si no presento la Declaración Anual 2025? ¿El SAT me multará?

Si a pesar de estar obligado no presentaste la declaración del ejercicio fiscal 2024, el fisco podría tomar acciones en contra de las personas físicas omisas.

Para el SAT, si la declaración se presenta después, se tratará de una declaración extemporánea a pesar de que el contribuyente la haya presentado de forma espontánea, es decir, sin requerimiento de la autoridad.

Los contribuyentes deben tener en cuenta que no cumplir con la declaración les podría generar un antecedente negativo ante el SAT. Cuando no se cumple con la declaración en la fecha y/o plazo establecidos, el SAT podría aplicar actualizaciones y recargos a los montos determinados por la autoridad.

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El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que no presentar la declaración es una infracción relacionada con la obligación de pago de las contribuciones a través de la página de Internet del SAT, de acuerdo con un webinario de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

El CFF establece una multa de $18,360 a $36,740 pesos por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, o bien, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas.

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El SAT también recuerda que hay multa por no tener activo el Buzón Tributario, esto porque para revisar el estatus de la Declaración Anual, los contribuyentes tendrán que entrar a su buzón y verificar la situación de su devolución de saldo a favor si es procedente.

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El CFF establece como infracción no habilitar el Buzón Tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto (correo electrónico y teléfono celular).

La multa por no habilitar el Buzón Tributario va de $3,850 a $11,540 pesos.