Ciudad de México — De último momento durante la discusión de la Ley de Ingresos 2026, la Cámara de Diputados aprobó ajustes a reglas relacionadas con la deducibilidad y créditos incobrables de bancos y acreditamiento de impuesto de aseguradoras, con miras a obtener recursos adicionales para el próximo año.
Los diputados aprobaron la noche del viernes 17 de octubre la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) que estará vigente para 2026 y, en la recta final de la discusión, Morena y sus aliados propusieron tres adecuaciones que fueron avaladas por la mayoría legislativa e incluidas en el dictamen que expide la Ley.
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El primer ajuste es sobre la deducibilidad de créditos incobrables de los bancos, el segundo está relacionado con el acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las aseguradoras y el tercer ajuste es sobre garantías en recursos de revocación.
Los tres ajustes fueron presentados de forma conjunta por Morena y sus aliados el Partido del Trabajo y Partido Verde. Los cambios fueron aprobados por la mayoría oficialista y se integraron al dictamen de la LIF 2026 que tendrá que ser ratificado por el Senado.
El presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador de Morena, Ricardo Monreal, afirmó que las tres adecuaciones a la Ley de Ingresos fueron producto de semanas de negociación con los sectores implicados, sin embargo, el oficialismo decidió presentar los ajustes al final de la discusión.
Créditos incobrables y deducibilidad
Los diputados incorporaron un artículo transitorio a la LIF 2026 para considerar un ajuste sobre créditos incobrables de los bancos.
El artículo establece que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de reglas de carácter general, podrá otorgar facilidades administrativas que permitan el cumplimiento de las obligaciones aplicables a las instituciones de crédito para acreditar la notoria imposibilidad práctica de cobro.
Monreal explicó que este artículo transitorio es acerca de la deducibilidad de créditos incobrables.
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Señaló que esta deducibilidad se aplica a todos los contribuyentes, tanto personas físicas o personas morales, en el sentido de que si no pueden pagar un crédito se puede deducir, sin embargo, a esta regla general escapan los bancos.
El diputado dijo que los bancos, las instituciones financieras, no están sometidas a esta regla general, están exentos de eso porque ellos, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, fijan las reglas de la deducibilidad de créditos impagables.
“No es correcto”, sostuvo Monreal al agregar que el ajuste busca someter a los bancos a las mismas reglas a las que se somete a cualquier contribuyente.
“¿Por qué los bancos tendrían que estar en un apartado especial en donde es ampliamente discrecional el cobro o la deducibilidad de créditos que no pueden ser pagados? Lo que planteamos es que los bancos no tengan un estatus especial en la deducibilidad de estos créditos que son impagables”, afirmó.
Antes, los diputados habían aprobado otro cabio enfocado en bancos: las cuotas pagadas al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) dejarán de ser deducibles de Impuesto Sobre la Renta (ISR) en un 75%.
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Aseguradoras y el IVA
Los diputados aprobaron adiciones a la Ley sobre la acreditación del IVA.
Monreal dijo que lo que se planteó fue que las aseguradoras no se acrediten el IVA cuando hay daños o cuando hay seguros pagados, asimismo, que no se acrediten el IVA en el caso de seguros de vida a través de hospitales.
Actualmente -explicó- lo que sucede es que la aseguradora hace suyo el pago de terceros en el caso de daños y los hace presentarse como si fueran propios y los deduce.
“Lo que estamos planteando es que estas aseguradoras no acrediten el IVA proveniente de terceros. Se propone que las aseguradoras acepten que no pueden acreditar derecho que proviene de terceros”, apuntó Monreal.
Por lo tanto, a partir del 2025 las aseguradoras no acreditarán recursos que les pertenecen a terceros. La aseguradora tendrá que pagar el IVA sobre la prima de seguro, pero no puede quedarse con recursos de la persona que fue perjudicada o que acredita el seguro, en el caso de daño o muerte cuando se trate de seguros de vida.
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A cambio, las aseguradoras plantearon que al menos los 4 años anteriores al 2025 pueda haber un estímulo y no se les cobre si ellos desisten de los juicios.
Monreal indicó que hay juicios sobre créditos fiscales de las aseguradoras contra el Gobierno o contra el SAT en los últimos cinco años, en los que hay en litigio alrededor de MXN$200.000 millones acumulados en un lustro.
Garantía del interés fiscal
Los diputados aprobaron otorgar un plazo mayor para presentar la garantía del interés fiscal.
Actualmente, el plazo es corto de 30 días hábiles desde la notificación del crédito. Con el ajuste, los contribuyentes que interpongan su recurso de revocación a partir del 1 de enero de 2026 tendrán seis meses garantizar el crédito fiscal.
“Se establecen seis meses. Después de los seis meses se tendrá que hacer efectiva o tendrá que interponer la fianza o la garantía fiscal del recurso que está planteando el de revocación”, dijo Monreal.
Los legisladores buscan mejorar el proceso de revocación y en beneficio del contribuyente es que ahora se le otorgarán seis meses para que pueda acreditar que está en lo correcto en su revocación y que no está planteando solamente de manera artificial un recurso para alargar el pago de esas obligaciones fiscales.