Ciudad de México — Faltan pocos días para que los trabajadores en México tengan su primer feriado oficial del 2025.
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El 5 de febrero se conmemora el Aniversario de la Constitución Política de México de 1917, una constitución que fue firmada por el entonces presidente Venustiano Carranza.
La Carta Magna establece los principios y las libertades de culto, expresión y asociación, la enseñanza laica y gratuita, y la jornada de trabajo máxima de ocho horas. La promulgación de esta ley marcó un parteaguas en medio de la Revolución Mexicana.
Por este motivo, el primer lunes de febrero es considerado un feriado oficial general en México, así que además de las actividades laborales, también se suspenden las actividades educativas, así como la operación del sistema financiero mexicano y los bancos.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el 5 de febrero?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en el Artículo 74 que los días de descanso obligatorio son:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución Mexicana)
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo)
- 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
- 1 de octubre (Transmisión del Poder Ejecutivo cada seis años)
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana)
- 25 de diciembre (Navidad)
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Como se puede observar, de acuerdo con la Ley del Trabajo el feriado vinculado a la conmemoración de la promulgación de la Constitución se adelanta al lunes 3 de febrero.
En consecuencia, el lunes 3 de febrero no se trabaja y el miércoles 5 de febrero se trabaja normal.
¿Cómo se paga si se trabaja el 3 de febrero, doble o triple?
El Artículo 73 de la Ley establece que los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso, como lo será el próximo lunes 3 de febrero.
Sin embargo, si se quebranta esta disposición, el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
Es decir, el trabajador que realice actividades remuneradas en un día que es de descanso obligatorio por Ley, le corresponderá el salario diario normal más el doble, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Por ejemplo: si un trabajador gana un salario diario de ordinario de MXN$300, al laborar el 3 de febrero su patrón o empresa deberá pagarle de forma adicional un monto doble, es decir, MXN$600, para hacer un total de MXN$900.
La Ley del Trabajo aplica a todos los trabajadores subordinados, sin importar que se labore en una empresa, en negocios, en plazas comerciales o pequeños comercios.