¿Desde cuándo aumentará el salario mínimo para docentes en Perú?

El Gobierno dice que la actualización remunerativa forma parte de una política destinada a fortalecer la Carrera Pública Magisterial y reconocer el rol del docente en la formación de las nuevas generaciones.

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La Institución Educativa (IE) 2028 Peruano-Británico, en la zona de Cerro Candela, San Martín de Porres, el 18 de agosto de 2025.
20 de noviembre, 2025 | 11:22 AM

Bloomberg Línea — El Ministerio de Educación del Perú (Minedu) confirmó que más de 426.000 profesores nombrados y contratados de Educación Básica Regular y Educación Técnico-Productiva pasarán a recibir un piso salarial de S/ 3.500, cifra que representa un ajuste acumulado entre S/ 400 y S/ 1.120 durante el año, según jornada y escala magisterial.

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El aumento del salario mínimo docente empezará a aplicarse durante este mes, cuando se ejecute el segundo tramo del incremento de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM), que se inició en marzo.

El ministro de Educación, Jorge Figueroa, dijo a medios nacionales que la actualización remunerativa forma parte de una política destinada a fortalecer la Carrera Pública Magisterial y reconocer el rol del docente en la formación de las nuevas generaciones.

“La meta principal es consolidar una carrera docente robusta que motive y reconozca el esfuerzo en las aulas, al tiempo que contribuye al progreso del país”, dijo el funcionario.

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El Gobierno peruano destinó S/ 1.435 millones para financiar los incrementos de 2025. Sin embargo, gremios de docentes advierten que el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2026 no contempla nuevos aumentos, por lo que reclaman garantizar continuidad en la mejora salarial y atender también la situación de los docentes jubilados, quienes no reciben incrementos desde hace una década.

Educación Superior Pedagógica y Tecnológica

El aumento salarial también alcanza a quienes laboran en educación básica. La Ley N.º 32498 autoriza la promoción de docentes nombrados en Educación Superior Pedagógica hacia las categorías II y III, lo que eleva sus remuneraciones a S/ 7.087 y S/ 8.774, respectivamente. Este beneficio alcanza a cerca de 1.000 profesores de este nivel.

De manera paralela, la legislación, publicada en El Peruano el 12 de noviembre, dispone un incremento para docentes de institutos tecnológicos, escuelas artísticas y centros administrados por el Ministerio de Defensa. Las remuneraciones mensuales quedan fijadas en S/ 4.083 para la primera categoría, S/ 4.758 para la segunda y S/ 6.108 para la tercera, favoreciendo a más de 11.000 trabajadores de este sector.

Además del incremento base, unos 200.000 docentes recibirán asignaciones mensuales por condiciones especiales de servicio, como zonas rurales, de frontera, Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), instituciones multigrado o bilingües. Con ello, un profesor puede acumular hasta cinco bonificaciones simultáneas.

En cuanto a derechos laborales, la Carrera Pública Magisterial mantiene la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), equivalente al 100% de la RIM por cada año laborado. En lo que va de 2025, más de 150.000 docentes contratados han sido beneficiados con este aporte estatal, que supera los 400 millones de soles anuales.

A partir de diciembre también se hará efectivo el bono de atracción de S/ 18.000 para más de 8.400 docentes recientemente ingresados en el tercio superior del concurso público, junto con el segundo pago para otros 24.000 maestros.

Auxiliares de educación

Aunque la Ley 31923 exige que la remuneración de los auxiliares mantenga proporcionalidad con la del docente, estos trabajadores continúan percibiendo S/ 2.945, pese al aumento de la RIM a S/ 3.500, cuestionó la organización comunitaria Auxiliares de Educación del Perú en su cuenta de Facebook.

Según directivos, el Minedu aún no actualiza la política remunerativa correspondiente ni ha presentado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la propuesta de decreto para su financiamiento. “Los auxiliares son agentes educativos importantes dentro del servicio educativo Merecen una remuneración justa y proporcional por su trabajo”.

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