Gobierno de Uruguay toma medidas para bajar precios en ciudades que limitan con Brasil

A partir del 1 de diciembre entrará en vigor el régimen especial, que ofrece beneficios fiscales y tributarios a Chuy, Río Branco, Aceguá, Rivera, Artigas y Bella Unión.

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13 de noviembre, 2025 | 06:24 AM

El Poder Ejecutivo uruguayo reglamentó el nuevo régimen especial para las localidades limítrofes con Brasil, que comenzará a regir el 1 de diciembre.

A través del decreto 318/025, el Gobierno definió los detalles operativos de los beneficios fiscales y tributarios previstos en la ley aprobada en agosto, destinada a mitigar la diferencia de precios con el país vecino y a reactivar la actividad comercial en la frontera.

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El paquete de incentivos abarca a las ciudades de Chuy, Río Branco, Aceguá, Rivera, Artigas y Bella Unión. Las micro, pequeñas y medianas empresas del comercio minorista radicadas en estas zonas podrán importar de forma definitiva determinados productos sin pagar tributos ni paratributos, incluidos el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Específico Interno (IMESI).

El proceso de importación será simplificado y se limitará a bienes nuevos, secos y listos para la venta minorista.

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Entre los artículos incluidos figuran alimentos como porotos, lentejas, café, pastas secas y galletitas, además de yerba mate, cocoa, champú, jabón de tocador, pasta dental, desodorantes y antitranspirantes.

El gobierno espera que este régimen contribuya a reducir la migración de consumidores hacia el lado brasileño y a recuperar la actividad comercial en las ciudades fronterizas más afectadas por la diferencia de precios.

Los comercios deberán operar dentro de un radio de 60 kilómetros de los pasos de frontera autorizados y realizar las importaciones únicamente por el paso correspondiente a su localidad. La mercadería deberá destinarse al local beneficiado, sin posibilidad de acopio en otros puntos ni circulación fuera de la zona habilitada.

Las condiciones varían según los ingresos anuales: quienes facturen hasta 305.000 unidades indexadas podrán importar hasta 617.000 pesos al año, mientras que los que registren hasta 9,3 millones tendrán un tope de 2,2 millones anuales y los que alcancen 21,5 millones podrán importar hasta 3,7 millones. En todos los casos, los montos mensuales no podrán superar el 10% del límite anual. Las empresas que superen esos niveles de ingresos quedan excluidas del régimen.

El decreto dispone además una exoneración del 75% en los aportes patronales a la seguridad social para nuevos trabajadores en sectores como la industria manufacturera, el comercio al por menor, la minería, el alojamiento y la gastronomía, las actividades administrativas y los servicios culturales o recreativos. La exoneración aplica únicamente cuando la plantilla de empleados sea superior a la del semestre anterior a la entrada en vigor de los beneficios.

Otro incentivo es la reducción del IVA para las ventas a consumidores finales en comercios ubicados a menos de 20 kilómetros del paso de frontera: 10 puntos porcentuales para los bienes gravados a la tasa mínima y 11 puntos para los alcanzados por la tasa básica. Las operaciones no podrán superar las 2.000 unidades indexadas (unos 13.000 pesos) por compra ni los 65.000 pesos por mes y comercio.

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El decreto también prevé un subsidio del 100% para la adquisición de terminales de punto de venta (POS) hasta el 31 de diciembre de 2026, destinado a locales situados a menos de 20 kilómetros de los pasos de frontera con Brasil. La medida busca facilitar los pagos electrónicos y fortalecer el control tributario en esas zonas.

Aunque la ley había sido sancionada en agosto, el diputado frenteamplista Sebastián Valdomir ya había adelantado que los incentivos comenzarían a aplicarse recién en diciembre, tal como confirmó el decreto.

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