Lunes y martes de Carnaval 2025 son feriados no laborables en Uruguay: así se paga

Los feriados de Carnaval son fechas inamovibles según la legislación vigente, asegurando su celebración siempre previa al inicio de la cuaresma.

Desfiles de carnaval en Montevideo
28 de febrero, 2025 | 06:42 PM

Bloomberg Línea — El Carnaval es la fiesta popular por excelencia del Uruguay y es por eso que cientos de miles de uruguayos aguardan ansiosos las fechas clave de esta celebración. Además, otorga dos feriados, que permiten a miles de personas descansar, aunque algunas deberán realizar sus tareas laborales en forma normal.

En 2025, los feriados por Carnaval en 2025 serán el lunes 3 y martes 4 de marzo. Estos festivos no se corren de fecha, según la ley 16.805 y su modificativa, la Ley 17.414.

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¿Cómo se pagan los feriados de Carnaval?

Según la reglamentación vigente, los días 6 de enero, lunes y martes de Carnaval, 19 de abril, 18 de mayo, 19 de junio, 12 de octubre, 2 de noviembre y la Semana de Turismo, son los llamados feriados simples o comunes.

En estos casos, los empleados mensuales percibirán su sueldo normal, hayan o no trabajado el feriado común. Esto debido a que a dichos empleados se les paga una cantidad determinada por mes (por 30 días), con lo cual se incluye el pago de todos los feriados y descansos.

Feriados de Uruguay en 2025

De acuerdo con las leyes nacionales, Uruguay tiene un total de 15 feriados nacionales, siendo febrero y septiembre los únicos meses sin días festivos.

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Los feriados en Uruguay se dividen en laborables, en las que se permiten algunas actividades, y no laborables, días de descanso para la mayoría de la población.

  • Miércoles 1° de enero: Año Nuevo —no laborable—
  • Lunes 6 de enero: Reyes —laborable—
  • Lunes 3 de marzo: Carnaval —laborable—
  • Martes 4 de marzo: Carnaval —laborable—
  • 14 al 20 de abril: Semana Santa - Semana del Turismo —Jueves 17 y viernes 18 son feriados laborables—
  • Sábado 19 de abril: Desembarco de los 33 Orientales —laborable, no se traslada—
  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador —no laborable—
  • Domingo 18 de mayo: Batalla de Las Piedras —laborable, no se traslada—
  • Jueves 19 de junio: Natalicio del General Artigas —laborable, no se traslada—
  • Viernes 18 de julio: Jura de la Constitución —no laborable—
  • Lunes 25 de agosto: Declaración de la Independencia —no laborable—
  • Domingo 12 de octubre: Día de la Diversidad Cultural —laborable, no se traslada—