Calendario del SENIAT 2025: lista de fechas más importantes

Con el calendario fiscal 2025, el SENIAT de Venezuela oficializa las fechas clave para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar sanciones.

Una contribuyente en Altos Mirandinos es atendida por el personal del SENIAT, el 20 de septiembre de 2024.
02 de abril, 2025 | 02:43 PM
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Bloomberg Línea — Las personas naturales y jurídicas de Venezuela pueden organizar su trabajo fiscal de 2025 a partir del calendario fiscal del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Ver más: Así será el calendario fiscal de contribuyentes especiales para 2025

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Mediante providencia administrativa SNAT/2024/000118, publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.031 del 18 de diciembre de 2024, se establecieron las fechas para las declaraciones y pagos de las obligaciones fiscales de los contribuyentes calificados como sujetos pasivos especiales (SPE).

Para el caso, el lunes 31 de marzo venció el plazo para declarar y pagar el impuesto sobre la renta (ISLR). Sin embargo, aún quedan fechas importantes para todos los contribuyentes.

Nayma Consultores explica en un tutorial cómo identificar las fechas clave y mantenerse organizado:

Calendario Fiscal 2025

Según el artículo 1 de dicha providencia, los Sujetos Pasivos Especiales notificados por el Seniat deberán presentar las declaraciones y efectuar los respectivos pagos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), anticipos de ISLR, Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) y retenciones de IVA, impuesto sobre actividades de juegos de envite o zar, IGP y aporte del 70% de ingresos de servicios desconectados, como se indica a continuación:

a) Impuesto al valor agregado, anticipos de ISLR, IGTF, retenciones de IVA

a.1) Entre los días 1 al 15 de cada mes, ambos inclusive:

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0231821152025172116302523
1281924251620212029202022
2312120212219231918212829
3202631293023282623161719
4222526302827301517292430
5212019222916222922232726
6172728282626182724272617
7242418241917312219311918
8291727232730252826242115
9272825162318292525171816

a.2) Entre los días 16 y el último de cada mes, ambos inclusive:

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R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0810715636213148
1144124241059364
21061077274561011
331317141411141110153
4711121113121513101312
52568153414127119
6614111099212119122
797536597414310
815314912138138871
913121328101181245

b) Estimadas de Impuesto sobre la Renta (declaración y pago de porciones ejercicios regulares e irregulares)

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 y 816101410121381489149
1 y 415111214131210139131315
2 y 310131081411141210141012
5 y 91412139151011111281110
6 y 791411119179811101211

c) Retenciones de Impuesto sobre la Renta

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 y 8810710126878979
1 y 471112713121069665
2 y 3106108711712107104
5 y 9141269810411581110
6 y 79711499984101211

d) Actividades de juegos de envite o azar

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 al 99101089109888119

e) Retenciones de Impuesto sobre la Renta para los premios de loterías

e.1) Practicadas entre los días 1 al 15 de cada mes, ambos inclusive

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 y 9171818211918172017171916

e.2) Practicadas entre los días 16 y el último de cada mes, ambos inclusive

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 y 9346254242252

Autoliquidación anual de Impuesto sobre la Renta (ejercicio fiscal 01/01/2024 al 31/12/2024)

R.I.F.Fecha
2 y 331/01/2025
5 y 928/02/2025
0 y 807/03/2025
1 y 412/03/2025
6 y 717/03/2025

g) Autoliquidación de Impuesto sobre la Renta ejercicios irregulares

R.I.F.ENEFEBABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 y 82318232025172617202116
1 y 42219252120212518222022
2 y 32021212219232219231719
5 y 92120222318222123171817
6 y 71724241926182022211918

h) Grandes patrocinios

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R.I.F.OCTNOV
0 y 8914
1 y 41313
2 y 31410
5 y 9811
6 y 71012

i) Declaraciones aporte del 70% de los ingresos de los servicios desconcentrados o servicios autónomos y entes descentralizados

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 y 816101410121381489149
1 y 415111214131210139131315
2 y 310131081411141210141012
5 y 91412139151011111281110
6 y 791411119179811101211

Impuesto al valor agregado

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R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0 y 816101410121381489149
1 y 415111214131210139131315
2 y 310131081411141210141012
5 y 91412139151011111281110
6 y 791411119179811101211

Contribución Especial para la Protección de las Pensiones

Asimismo, en 2024 se creó la obligación tributaria denominada Contribución Especial para la Protección de las Pensiones, conocida popularmente como Declaración de Protección de Pensiones o DPP.

Esta obligación es para todos los contribuyentes, tengan o no la calificación de Sujetos Pasivos Especiales. Las fechas de pago se publicaron en un calendario aparte, que para 2025 es la Providencia Administrativa SNAT/2024/000120 publicada en la Gaceta Oficial N° 43.032 del 19 de diciembre de 2024.

R.I.F.ENEFEBMARABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC
0810725637214149
1144127241069665
21061087275571012
3171317151411141210254
4711181413121543131315
5165691534151281110
66141111992131110123
797546598415311
8153141012138148972
9131213381011111348