Bloomberg Línea — El plazo para la declaración de renta en España correspondiente al ejercicio 2024 ya se encuentra en curso, y estará disponible hasta el 30 de junio, cuando finaliza la campaña de la Agencia Tributaria iniciada el pasado 2 de abril, ahora con una significativa modificación en comparación con el año anterior.
De acuerdo con la ministra de Hacienda de España, María Jesús Montero, quienes perciban un salario por debajo de los 15.876 euros anuales, quedarán exentos de tributar. Esto supone una actualización en relación al 2023, cuando ya se había elevado de 14.000 a 15.000 euros, en medio de un esfuerzo por reducir la carga fiscal de los ingresos ajustados.
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Bajo la nueva medida, quienes obtienen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) quedan exceptuados de tributar.
En la regla general de la Agencia Tributaria, el umbral de los 22.000 euros anuales se mantiene, lo que indica que quienes hayan percibido menos de este monto por parte de un único pagador no están obligados a declarar. Incluso aplica para quienes cuenten con un segundo o más pagadores, siempre y cuando la cifra no exceda los 1.500 euros en total. En ese caso, deberá revisar el umbral inferior de 15.876 euros.
La autoridad tributaria considera como segundos pagadores no solo a una segunda empresa para la que se trabaje, sino también a quienes hayan cambiado de empleo durante el año, reciban prestaciones por desempleo o pensiones.
Es por ello que quienes cuenten con diversas situaciones laborales, aún y cuando no superen los 22.000 euros al año, deben estar atentos a los límites secundarios, pues de ello dependerá su obligatoriedad a declarar.
En el caso de los pensionados, que reciban estos ingresos como compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos se verán obligados a declarar en el caso de que el monto supere los 15.876 euros.
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Resulta siempre recomendable presentar la declaración, aunque no se esté obligado, debido a los derechos a deducciones fiscales que se pueden obtener, bien sea por alquiler de vivienda habitual, familia numerosa o discapacidad.
La Agencia Tributaria, de igual manera, permite revisar los borradores y resultados a través de su página web.
Varias fechas claves a tener en cuenta:
- Inicio de declaraciones por internet - 2 de abril
- Inicio de solicitud de cita para declarar por teléfono - 29 de abril
- Inicio del período para presentar la declaración con cita por teléfono - 6 de mayo
- Inicio de solicitud de cita para declarar presencialmente - 29 de mayo
- Inicio de la atención presencial con cita en oficinas de la Agencia Tributaria - 2 de junio
- Fecha límite para las declaraciones con domiciliación bancaria - 25 de junio
- Cierre de solicitud de cita para declarar tanto presencial como por teléfono - 27 de junio
- Fin de la campaña de la Renta y último día para declarar - 30 de junio