Bloomberg Línea — Debido al endurecimiento de las políticas migratorias de Donald Trump en Estados Unidos, hay quienes están buscando otros destinos para vivir y España figura entre ellos. Incluso, algunos se están preguntando cómo obtener la nacionalidad.
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Pues bien, hay cinco maneras de obtener la nacionalidad española, según el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes:
- Por residencia
- Por carta de naturaleza
- para españoles de origen
- Por posesión de Estado
- Por opción
Pese a la variedad de alternativas para obtener la nacionalidad, la más consultada es por residencia, aunque, para ello, es indispensable cumplir una serie de requisitos.
A continuación, todo lo que debe saber:
¿Qué es la nacionalidad por residencia?
Es la nacionalidad que otorga el Gobierno español a quienes permanezcan en el país durante diez años de forma legal y continua antes de tramitar la solicitud.
Ahora bien, hay otras opciones para solicitarla:
- Haber permanecido en el país cinco años, siempre que los interesados hayan obtenido la condición de refugiado.
- Haber permanecido dos años en España, siendo oriundo de los siguientes países iberoamericanos: Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.
- Llevar, en el momento de la solicitud, un año casado con un español o española.
- Ser viudo de un español, siempre que en el momento de la muerte del cónyuge no estuviesen separados, de hecho, o judicialmente.
- Haber nacido fuera de España, pero con abuelo o abuela españoles.
“Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española”, señala el ministerio.
¿Quién puede solicitar la nacionalidad?
Cualquier interesado que cumpla con los requisitos mínimos y, además, sea mayor de edad. También pueden hacerlo personas mayores de 14 años, si cuentan con representante legal.
¿Dónde tramitar la solicitud?
No es necesario realizar la solicitud de manera presencial, basta acudir a la sede virtual del Ministerio de Justicia y tener descargada en el computador la aplicación AutoFirma, necesaria para completar el proceso de solicitud de forma exitosa.
“Durante la solicitud deberá aportar diversa documentación que debe digitalizar y adjuntar. Dispone de cuatro meses desde la fecha de creación para completar su solicitud, si pasado ese plazo no ha firmado y enviado la solicitud, se borrará de manera automática", informa la cartera de Justicia.
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En el portal tamnién deberá ser descargado y llenado el formulario790 026, necesario para pagar la tasa administrativa asociada a la solicitud de nacionalidad española por residencia, que en 2025 es de €104,05 (US$116).
Documentos necesarios para la solicitud
- Modelo de solicitud normalizado (se descarga en la página del Ministerio de Justicia).
- Tarjeta de identidad de extranjero.
- Pasaporte completo de origen actualizado, así como el anterior según el plazo de residencia exigido en cada caso, en sus versiones originales y fotocopiados.
- Certificación del acta de nacimiento.
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado.
- Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos tanto constitucionales como socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE).
Otros documentos, según el caso
Para casados con un español:
- Certificación de nacimiento del cónyuge español.
- Certificación de matrimonio expedida por Registro Civil Español.
- Certificado de convivencia con el cónyuge.
Para viudos de un español
- Certificación de nacimiento del cónyuge.
- Certificación de matrimonio expedida por Registro Civil Español en “fechas próximas a la solicitud de nacionalidad”.
- Certificación de defunción del cónyuge.
- Certificado de convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
Refugiados.
- Tarjeta de identidad donde conste su condición de refugiado.
- Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951
- Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior.