¿Revisar el historial de redes sociales de los inmigrantes curará el antisemitismo?

Trump
Por Stephen Carter
20 de abril, 2025 | 04:28 PM

Los críticos perciben una amenaza a la libertad de expresión tras el anuncio de la semana pasada de que la administración Trump examinará a partir de ahora el historial de redes sociales de los solicitantes de visado para excluir a quienes hayan expresado opiniones antisemitas. No hay duda de que el riesgo existe.

Pero, al igual que con tantas otras cosas que ha hecho Donald Trump, no pretendamos que la Casa Blanca haya inventado un nuevo poder presidencial. La exclusión de los no ciudadanos sobre la base de sus opiniones ha estado sucediendo durante más de cien años. Esto es simplemente más de lo mismo.

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Antes de pronunciar otra palabra, seamos claros: el antisemitismo es injustificable, y no hay más que hablar. A través de la historia, ha sido casi siempre el preludio de la violencia contra los judíos.

La manifestación abierta de opiniones antisemitas está proliferando en Estados Unidos, donde tanto la derecha como la izquierda están tolerando, e inclusive acogiendo, a demasiados propagadores del odio. Estamos ante un problema real. Se trata, como tantas otras veces, de saber si la Administración ha hallado los métodos adecuados para combatirlo.

Partamos de cero. El argumento de autoridad legal de la administración es, digamos, no del todo infundado. Negar la entrada (u otros beneficios a los inmigrantes) por el hecho de que el solicitante respalde el terrorismo no abre nuevos caminos. Si nos referimos a las solicitudes de visado, no hay ni siquiera muchas vías serias de revisión judicial.

La ley federal rechaza ampliamente la admisión de “cualquier extranjero” que “apoye o propugne actividades terroristas o convenza a otros para que respalden o propugnen actividades terroristas o apoyen a una organización terrorista.”

A unos días de asumir el cargo, la administración Trump puso a las instituciones de educación superior sobre aviso de que planeaba usar esa disposición para revisar las actividades de los no ciudadanos presentes en el país con visas de estudiante.

Dada la referencia del DHS (por sus siglas en inglés, Departamento de Seguridad Nacional) al “hostigamiento físico de individuos judíos”, un problema que ha surgido en múltiples campus, también el nuevo plan podría estar dirigido en gran medida a los estudiantes.

Dado que quienes podrían ingresar al país no suelen estar protegidos por la Constitución, carecen de legitimidad para impugnar una ley del Congreso que vete a quienes han expresado opiniones particulares.

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Cuando la Corte Suprema de Estados Unidos, en 1972, confirmó la decisión del gobierno de Nixon de denegar la entrada al marxista belga Ernest Mandel, la mayoría de siete jueces explicó que, siempre que el ejecutivo presentara una razón aparentemente legítima y de buena fe para la exclusión, un tribunal no examinará el ejercicio de esa discreción ni la evaluará sopesando su justificación con la Primera Enmienda.

Ese fallo, que sigue vigente hoy en día, no fue innovador.

Como escribió la Corte Suprema en 1950 , “la decisión de admitir o excluir a un extranjero” puede ser delegada por el presidente a “un funcionario ejecutivo responsable”, cuya decisión, bajo la autoridad delegada, “es definitiva y concluyente”.

Según lo que se conoce como la doctrina de la “no revisión consular”, la constatación por parte de un funcionario consular de que un solicitante de entrada en particular cumple los criterios de exclusión, siempre que se haga de buena fe, es prácticamente inapelable.

El año pasado, cuando la Corte Suprema dictaminó que la Constitución no otorga a un ciudadano estadounidense el derecho a traer al país a su cónyuge nacido en el extranjero, la decisión pareció cruel a muchos observadores.

No obstante, como señaló el juez Neil Gorsuch en su opinión concurrente separada, y la jueza Sonya Sotomayor admitió en su opinión discrepante, el precedente respalda la idea de que una vez que se le da al solicitante una razón para la denegación, los tribunales no tienen nada que hacer.

Así pues, la crueldad no se atribuyó al fallo de los jueces, sino a la decisión del gobierno de no admitir al esposo de la demandante. Lamentablemente, no todo lo cruel es inconstitucional.

Los tribunales interpretan la regla de no revisión consular en su sentido literal.

En 2024, por ejemplo, un juez federal de Nuevo México se basó en esta doctrina al rechazar una solicitud de libertad religiosa de una iglesia que alegaba que se había violado su derecho fundamental a elegir a su líder al denegarse la visa a su pastor elegido basándose en información supuestamente inexacta.

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Y el mes pasado, un juez federal de California se negó a establecer una excepción cuando el funcionario consular que denegó la visa se negó a considerar pruebas que, según el solicitante, eran exculpatorias. Los casos continúan.

Esto significa que incluso otorgarle al ejecutivo la autoridad de excluir del país a los no ciudadanos que hayan expresado opiniones antisemitas hará que cualquier error en la interpretación de lo que dijo un solicitante (o de si lo dijo o no) no sea revisable.

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Nada de esto importaría si no fuera por el riesgo de que la administración interprete la definición de antisemitismo de forma demasiado amplia. No quiero decir con esto que debamos adoptar las definiciones estrechas y artificiales que defienden algunos sectores de la izquierda.

En este punto, coincido con el senador Charles Schumer, quien, en su interesante nuevo libro sobre el tema, nos insta a comenzar nuestra búsqueda de significado con los ejemplos ilustrativos de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto, que el Departamento de Estado ya ha respaldado.

Mi preocupación, más bien, es el riesgo de que la administración transforme la noble cruzada contra el antisemitismo en un arma contra el discurso que le desagrada.

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Todo lo cual quiere decir que, incluso si estuviéramos de acuerdo en que quienes propugnan una idea tan malévola como el odio a los judíos deben ser detenidos en la frontera, se espera que los encargados de llevar a cabo esa política recuerden que, cuando se trata de libertad de expresión, el gobierno siempre debe regularla con cuidado.

Esta nota no refleja necesariamente la opinión del consejo editorial de Bloomberg LP y sus propietarios.

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