Bogotá — La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) informó este miércoles que ha sancionado a la empresa de telecomunicaciones Movistar en Colombia al haber omitido información relevante en relación con las condiciones y requisitos adicionales para acceder a Netflix y Amazon.
La multa por $868.000.000 se da en relación a la difusión de las piezas publicitarias de la oferta “Netflix y Amazon Primer, incluido en planes a partir de $75.990 Y $99.990″.
Según la SIC, “el operador de telefonía no entregó información clara y precisa relacionada con el requisito de contar con un correo electrónico específico para la habilitación de los servicios, incumplió con su deber de garantizar las condiciones fijadas en la promoción, y facturó estas aplicaciones, sin contar con la aceptación previa y expresa del usuario”.
En efecto, añadió, “cuando los usuarios deseaban activar los beneficios ofertados, les eran informadas exigencias adicionales, que no fueron informadas en las piezas publicitarias, ni al momento del ofrecimiento del plan que incluía este servicio”.
De otra parte, “se acreditó que el operador, pese a haber realizado las ofertas y promociones asociadas a la activación de servicios de streaming de Amazon Prime informando que se podría activar la suscripción durante tres meses sin costo, no dio cumplimiento a esa condición específica”, según la SIC.
De hecho, constató que esa empresa de telecomunicaciones cobró estas aplicaciones sin contar con la aceptación previa y expresa de los usuarios dirigida a la activación del servicio.
La SIC indicó que contra la decisión procede el recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y el subsidiario de apelación ante el Despacho de la Superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.
En agosto, la empresa de telecomunicaciones Claro también fue multada por $2.463 millones por la SIC debido a una supuesta publicidad engañosa en una campaña para los estratos 1 y 2.
Claro respondió a la acusación y detalló que presentará “los recursos y acciones legales que sean necesarias para este caso”.
Según comunicó la entidad, la determinación llega “luego de que se comprobara que (Claro) incurrió en publicidad engañosa, pues indujo en error, engaño y/o confusión a los usuarios, al difundir información incompleta e inexacta sobre las condiciones de acceso al servicio de internet fijo con tarifa social”.
“La omisión de la información indujo en error a la ciudadanía, pues no difundió información esencial y determinante para que los usuarios contaran con los elementos de juicio suficientes para tomar una decisión de consumo razonable”, subraya la SIC.
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