Impuesto PAIS: cómo pedir la devolución por consumos paso a paso tras cambios de ARCA

Con la derogación del impuesto y las nuevas disposiciones de ARCA, los contribuyentes pueden reclamar lo que pagaron de más por consumos en dólares. Claves para recuperar la plata

Billetes de US$, euros y yenes
11 de abril, 2025 | 01:57 PM
Escuche esta noticiaAudio generado con IA de Google
0:00

Buenos Aires — Desde que dejó de estar vigente el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), muchos contribuyentes se preguntan cómo recuperar lo que pagaron de más. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, habilitó el mecanismo para solicitar la devolución de esas percepciones, tanto para quienes están alcanzados por Ganancias y Bienes Personales como para quienes no. Además, se ampliaron los plazos de presentación y se mantienen los procedimientos simplificados para algunos casos.

VER MÁS: ARCA: cómo inscribirse o darse de baja en el monotributo

PUBLICIDAD

¿Qué cambió con la eliminación del impuesto PAIS?

El impuesto PAIS, que se aplicaba con un 30% de recargo sobre compras en dólares —ya sea con tarjeta, para atesoramiento o servicios en el exterior— dejó de estar vigente el 22 de diciembre de 2024. Sin embargo, esa fecha no fue el cierre definitivo de la historia.

Las compras realizadas antes de esa fecha, aunque liquidadas después, ya no estaban alcanzadas por el tributo si se trataba de tarjeta de crédito. En cambio, si el gasto se hizo con débito antes de la medianoche del 22, sí correspondía el recargo. Esta situación generó desequilibrios y saldos a favor para muchos contribuyentes, tanto personas físicas como jurídicas.

Ante este escenario, ARCA implementó un régimen excepcional de devolución que permite recuperar ese dinero. Y, a partir de la Resolución General 5669/2025, se extendió el período de presentación hasta abril de 2025, lo que brinda más margen para ponerse al día.

VER MÁS: Impuesto PAIS en cuenta regresiva: Gobierno deja de cobrar pagos a cuenta y ve impacto acotado en reservas

¿Quiénes pueden pedir la devolución?

Pueden solicitar la devolución quienes hayan tenido percepciones a cuenta de Ganancias y Bienes Personales o saldos a favor por el impuesto PAIS durante 2024 y parte de 2025. Esto incluye:

  • Trabajadores en relación de dependencia
  • Monotributistas
  • Jubilados
  • Autónomos con saldo a favor
  • Empresas y otras personas jurídicas

La clave está en la situación impositiva de cada uno. Quienes pagan Ganancias, por ejemplo, podrán solicitar la devolución mediante su empleador a través del Formulario 572 Web (Siradig). El plazo para este trámite venció el 31 de marzo, pero aquellos que aún no lo hicieron podrán reclamar directamente ante ARCA.

PUBLICIDAD

Para los monotributistas, jubilados o empleados no alcanzados por Ganancias, existe un mecanismo simplificado a través del portal de ARCA.

VER MÁS: ARCA: así quedaron las escalas del monotributo para marzo 2025

Paso a paso: ¿cómo se hace el trámite?

1. Ingresar al portal de ARCA Accedé con tu CUIT y clave fiscal al sitio oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

2. Buscar el servicio “Devolución de percepciones” Si no aparece en la pantalla principal, se puede usar el buscador interno.

3. Seleccionar el año y mes fiscal Las percepciones deben cargarse mes por mes. Para 2024, ya se encuentra habilitada la opción de iniciar el trámite.

4. Verificar los datos En la mayoría de los casos, las percepciones están precargadas. Sin embargo, si falta alguna operación, se puede cargar manualmente con la documentación respaldatoria.

PUBLICIDAD

5. Confirmar y enviar la solicitud Una vez revisada la información, hay que dar conformidad y hacer clic en “Solicitar devolución”.

6. Hacer seguimiento del trámite Es fundamental ingresar periódicamente para verificar el estado de la solicitud y asegurarse de no tener deudas con ARCA, ya que eso podría invalidarla.

¿Y qué pasa con el impuesto PAIS?

La resolución más reciente (5669/2025) habilita la presentación del Formulario F.744 a través del sistema SICORE, para declarar los saldos a favor del impuesto PAIS entre diciembre de 2024 y abril de 2025. Este procedimiento está dirigido principalmente a los agentes de percepción, pero también impacta en los contribuyentes si hubo retenciones en exceso.

PUBLICIDAD

Además, se mantiene vigente el esquema de compensación que permite usar esos saldos a favor para otros impuestos, como el de Débitos y Créditos Bancarios, en caso de que no se pueda solicitar la devolución directa.

Intereses y plazos

El reintegro incluye el monto percibido más un interés mensual del 3,19% desde la fecha en que se solicita hasta que se hace efectivo. Sin embargo, expertos advierten que, por la devaluación, ese interés podría no alcanzar a compensar totalmente el impacto económico real.

Según la Ley de Procedimiento Administrativo, el fisco debería resolver la solicitud en un plazo de 60 días hábiles, aunque en la práctica algunos casos pueden tardar más, especialmente los de autónomos o empresas, ya que están sujetos a fiscalizaciones más exhaustivas.

Claves para no perder dinero

  • Iniciá el trámite cuanto antes: cuanto antes presentes la solicitud, más rápido empieza a correr el interés.
  • Revisá que todas tus percepciones estén cargadas: si falta alguna, podés cargarla con comprobantes.
  • No tengas deudas pendientes: si debés impuestos, la devolución quedará frenada.
  • Hacelo mes a mes: cada período fiscal debe presentarse de forma individual.

En resumen, la eliminación del impuesto PAIS abrió la puerta a miles de contribuyentes para recuperar parte de lo pagado en sus consumos en dólares. El procedimiento es más ágil de lo que parece y puede significar un alivio importante en tiempos de bolsillos ajustados. Si sos uno de los alcanzados, no dejes pasar la oportunidad.