Bloomberg Línea — En julio comenzarán a aplicar los beneficios que el Congreso aprobó con la reforma laboral que presentó el Gobierno de Gustavo Petro. El único festivo que hay durante julio es el del domingo 20 de julio, sin embargo, por tratarse de uno inamovible, no se correrá para el lunes siguiente, sino que se celebrará ese mismo día.
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Hay que tener presente que los trabajadores formales, que son los beneficiarios de la reforma laboral, cobrarán recargo si les toca trabajar ese día, sin embargo, la ley no permite que cobre dos recargos (dominical y festivo) por lo tanto, lo que podrán cobrar ese día corresponde al dominical.
Desde el primero de julio de 2025, quienes trabajen domingos y festivos empezarán a recibir una mejor compensación económica.
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El recargo, que hasta ahora se paga al 75% sobre el salario ordinario, aumentará de forma escalonada hasta llegar al 100% en 2027, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 2466.
El nuevo esquema se aplicará de la siguiente manera:
- Desde julio de 2025: el recargo pasa al 80%.
- Desde julio de 2026: sube al 90%.
- Desde julio de 2027: se fijará en el 100%, el tope máximo definido por la ley.
Este beneficio aplica en proporción a las horas efectivamente laboradas en dichos días. Por ejemplo, si un empleado trabaja medio turno un domingo, el recargo se aplicará solo sobre esas horas específicas.
Uno de los aspectos clave de la reforma es que amplía el concepto de domingo. Según la normativa, no solo se considerará como tal el domingo, sino también el día de descanso acordado entre el empleador y el trabajador.
Esto es especialmente importante para sectores que operan bajo esquemas de turnos rotativos o jornadas laborales flexibles, como el comercio, la salud o el transporte.
Con esta definición más amplia, los trabajadores tendrán derecho al recargo dominical siempre que estén laborando durante el día que, según acuerdo contractual, les correspondería descansar.
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